Nueva Ley de Servicios de Seguridad Privada obliga a colonias a dar uniformes a vigilantes

El incumplimiento a esa medida sería sancionada con una multa que va desde $6,300 hasta $12,000. Los diputados de la comisión de Trabajo recibieron este lunes al ministro de Trabajo para que emita opinión sobre el proyecto de ley.

descripción de la imagen
Foto de referencia

Por Eugenia Velásquez

2021-08-09 12:31:28

Los diputados de la Comisión de Trabajo analizan emitir dictamen favorable para aprobar la nueva “Ley Especial de Regulación de los Servicios de Seguridad Privada”, en la que se definen nuevos parámetros para la contratación del personal y sanciones para las empresas que incumplan con dicha normativa.

Entre las nuevas medidas se establece que los patronos estarán obligados a brindar uniformes y herramientas de trabajo para las personas que prestan sus servicios de seguridad privada, esto incluye a las personas que laboran como agentes privados de seguridad en colonias.

“Esta propuesta de ley también abarca a quienes contraten servicios independientes, es decir, quienes contraten seguridad en sus colonias deben de brindar las herramientas y los uniformes a los agentes de seguridad”, afirmó el diputado Edgardo Mulato, de Nuevas Ideas.

VER: Ministerio de Trabajo anuncia plan de inspección por el incremento al salario mínimo

A la comisión de Trabajo llegó el Ministro de Trabajo, Rolando Castro, para dar sus aportes al proyecto de ley. El funcionario dijo que las empresas de seguridad al igual que las empresas que ofrecen servicios de limpieza son las que más vulneran los derechos de los trabajadores.

“En el caso de los uniformes, la entrega de todos los equipos para cumplir con el servicio es de total responsabilidad del empleador, según lo establecido en el Código de Trabajo”, aseveró Castro.

Agregó que si las empresas están cobrando los uniformes o las herramientas laborales el Ministerio de Trabajo analizará con su equipo jurídico si se está violentando el derecho de la persona. Instó a los diputados a que ese beneficio se deje por sentado en la ley.

Según el diputado Mulato, se contabilizan 27,000 agentes inscritos que prestan seguridad privada y 10,000 agentes independientes que se verán beneficiados con la nueva ley.

“El espíritu de esta ley es regular lo que ya se establece en el Código de Trabajo. No buscamos afectar a ninguna empresa, no estamos en contra de nadie, al contrario, queremos que las empresas crezcan, pero apegados a lo que establece la ley”, explicó Mulato.

El ministro de Trabajo señaló que con la ley se busca garantizar que se cumplan las 8 horas laborales y establecer que sean 44 horas laborales semanales y un máximo de 24 horas extras.

“Si la persona entra a trabajar a partir de las 7 de la noche se establece, según el Código de Trabajo, que se debe de pagar el 25% de nocturnidades adicional a las horas extras que se hagan”, manifestó Castro.

En el proyecto de ley también se dejan definidas las sanciones para los patronos o personas que incumplan con la normativa. Las sanciones van desde leves hasta muy graves.

“Ahora las sanciones leves serán desde un salario mínimo hasta 20 salarios mínimos; las tipificadas como graves serían de 21 a 40 salarios mínimos y las muy graves de 41 hasta 80 salarios mínimos”, informó Mulato.

Actualmente como está la ley, el Ministerio de Trabajo solo podía imponer una sanción máxima de $57.14 para cualquier tipo de falta.

TAMBIÉN: Alta deuda, leyes exprés y opacidad, las críticas a diputados del bukelismo

Entre las infracciones graves se consideran: no conceder las pausas de lactancia dentro de la jornada laboral de conformidad con lo establecido en el Código de Trabajo; discriminar por cualquier causa al trabajador; no proporcionar uniforme con distintivo del empleador.

Entre las tipificadas muy graves se encuentran: no pagar el seguro de vida por muerte o invalidez en favor del trabajador, aplicar al seguro de vida del trabajador el Impuesto sobre la Renta; no conceder las pausas alimenticias al trabajador en su jornada laboral.