¿Quiénes quedan fuera de la nueva Ley de la Lotería que regulará los juegos de azar?

Con 63 votos se aprobó en la sesión plenaria de este martes la nueva Ley Orgánica de la Lotería. Con esta normativa las alcaldías quedan autorizadas solo para hacer operaciones de loterías de cartón.

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Foto EDH/ Archivo

Por Eugenia Velásquez

2021-12-21 10:29:37

La Asamblea aprobó este martes la nueva Ley Orgánica de la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB). En esta normativa se incluyen nuevas regulaciones, pero también se dejan fuera a ciertos sectores que realizan actividades de juegos de azar. Conozca quiénes son.

Según el dictamen elaborado por la Asamblea quedan fuera de la regulación de la ley los juegos y apuestas de ocio, pasatiempo y recreo constitutivos de usos sociales de carácter tradicional o familiar, en los casos en que no se producen transferencias económicas entre los jugadores o estas son de escasa importancia, siempre que los jugadores o personas ajenas a estos no hagan de ello objeto de explotación lucrativa.

Las máquinas expendedoras que se limiten a efectuar mecánicamente venta de productos y mercancías, siempre que el valor del dinero depositado en las máquinas corresponda al valor en mercado de los productos que entreguen; así como las máquinas y dispositivos de reproducción de imágenes o música y las máquinas o aparatos de competencia pura o deporte en donde el juego se realice sin la ayuda directa de componentes electrónicos.

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Los locales aprobados bajo una licencia que incluye un área de juego y cualquier otra estructura no relacionada con el área de juego y que puede incluir, pero no se limitará a hoteles, restaurantes, casinos u otras amenidades.

Así como las loterías de cartón autorizadas por las alcaldías municipales; las rifas y sorteos que sean realizados de manera eventual para efectos comerciales o publicitarios.

En este caso, se entenderá que la realización es eventual, cuando el giro de la entidad que lo realiza es distinta o inconexa con los juegos de azar o cuando se realiza menos de 4 veces por año.

Todas las actividades que sean reguladas de forma especial en Convenios o Tratados Internacionales; así como los Operadores, Subcontratistas y Agentes que administren o desarrollen dichas actividades, los cuales estarán sujetos en su totalidad a los artículos o cláusulas que el Convenio o Tratado Internacional establezcan.

En el documento se deja establecido que el negocio de lotería, pronósticos deportivos y de juegos en línea, será actividad exclusiva de la LNB, quien podrá ejercerlos directa o indirectamente, ya sea de manera tradicional, instantánea o por medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos, en línea o digital y de cualquier otra que sean incluidas en el Reglamento, con independencia del canal de comercialización de éstos, “en consecuencia, queda prohibido su ejercicio a cualquier otra persona natural o jurídica de Derecho Público o de Derecho Privado, sin previa autorización”, dice el dictamen.

A las alcaldías se les restringe solo a hacer operaciones de loterías de cartón, de conformidad con las disposiciones del Código Municipal. “Queda prohibido a las alcaldías municipales, autorizar la operación de cualquier otra modalidad de lotería, pronósticos deportivos, juegos en línea o cualquier otra modalidad de juegos que los avances tecnológicos permitan en el futuro”, señala el documento.

Entre las competencias y atribuciones que tendrá la LNB se encuentran otorgar, denegar, renovar y revocar los permisos, licencias y concesiones necesarias, a efecto que las personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales exploten, comercialicen y administren juegos de lotería.

También podrá acceder a los establecimientos en los que los operadores desarrollen o alojen los juegos, a los sistemas informáticos utilizados en juegos, servidores, a los dispositivos y equipos de juego o a cualquier otro lugar donde se encuentren alojados.

Así como al lugar donde se fabriquen, vendan o distribuyan material físico de lotería, equipos o sistemas informáticos para estos efectos.

“Los operadores de juegos deberán permitir la inspección, examen y auditoría de todos los documentos, libros legales, registros mercantiles, sus comprobantes de respaldo, soportes informáticos, o en su defecto, suministrar esta información en soporte digital o fotocopias”, explica el dictamen que se pretende sea aprobado este martes en el pleno.