Tribunal Supremo Electoral ordena el retiro de spot a Nayib Bukele

Además, el TSE sanciona de igual forma espacios de propaganda del alcalde de San Miguel y ARENA

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Nayib Bukele. Foto EDH / Archivo

Por Enrique Carranza

2021-02-06 8:58:45

El Tribunal Supremo Electoral, TSE, ordenó durante las últimas horas la suspensión de la transmisión de tres spot de propaganda por infringir artículos del Código Electoral.

El Gobierno, el partido político ARENA y el alcalde de San Miguel, Miguel Pereira, son los impulsores de los spot sancionados por el TSE.

En el primer caso, el spot del gobierno, el TSE hace referencia a la “presunta infracción” prevista en el Art. 172 inciso 2° del Código Electoral, ese trata sobre quienes pueden hacer uso de propaganda electoral, que son solo los partidos políticos y  coaliciones debidamente inscritos. “Cerrado el período de inscripción de candidatos y candidatas, el derecho de hacer propaganda corresponderá únicamente a los partidos políticos o coaliciones contendientes”.

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Dicho spot incluye una voz que lee el siguiente texto:  “Una vez más en su desesperación los mismos de siempre se unen a una solo voz para acusar al presidente Nayib Bukele de generar odio…”; mientras, transcurren imágenes de políticos nacionales.

El Tribunal argumenta que el material audiovisual conlleva la finalidad  “de incidir en la intención de voto”.

Además, el TSE señala que el proceso sancionatorio fue iniciado de oficio;  y ordena que el presidente Nayib Bukele debe retirar el spot de su cuenta de Facebook, además el mandatario debe abstenerse de emitir, difundir y transmitir mensajes que tengan por finalidad incidir en la intención de voto; a los medios de comunicación en general el TSE ordena la abstención inmediata de su transmisión.

 

Para ARENA ,el TSE ordenó el retiro inmediato del video colgado en sus redes sociales que contiene las siguientes imágenes, además de que se abstenga de publicar propaganda similar.

 

En el caso del alcalde de San Miguel, Miguel Pereira, el TSE hace referencia a un video colgado en su página de Facebook.

La institución señala la presunta infracción prevista en el Art. 179 inciso 2° del Código Electoral, el cual prohíbe el uso de simbología, marchas, colores,  imágenes, lemas y fotografías de candidatos de otros partidos políticos en la propaganda electoral.

El video sancionado en este caso muestra o hace referencia al candidato del partido Nuevas Ideas, Will Salgado.

El TSE ordena a Miguel Pereira retirar de su cuenta de Facebook el material audiovisual; también que se abstenga de emitir, difundir y transmitir propaganda que utilice la imagen de Salgado.

En el la ruta hacia las elecciones del 28 de febrero no es la primera vez que el TSE sanciona spot de propaganda.

El 3 de febrero, el TSE ordenó la suspensión de un spot del partido Nuevas Ideas por considerar una presunta violación al artículo 70, literal d, de la Ley de Partidos Políticos el cual establece la prohibición para utilizar los símbolos patrios en publicidad o propaganda electoral.

Asimismo, el TSE ha ordenado el inicio de un procedimiento sancionador electoral de oficio y ordena medidas cautelares para el partido Nuevas Ideas y sus representantes.

El spot sobre el cual se emite la resolución fue publicado en Twitter por el señor Xavier Zablah Bukele, presidente y representante legal de Nuevas Ideas. En el mismo se hace uso de la bandera Nacional.