Merino Monroy podría incurrir en “desobediencia” por no responder, alertan abogados

Abogados abordados por El Diario de Hoy explican que según el artículo 322 del Código Penal, el funcionario que cae en ese ámbito debe ser castigado con cárcel e inhabilitación del cargo.

Por Eugenia Velásquez

2020-08-22 5:05:13

Ante las evasivas del ministro de la Defensa, René Francis Merino Monroy, a las preguntas de los diputados de quién le dio la orden de ingresar al Salón Azul con el Ejército, los abogados Eduardo Escobar, director de Acción Ciudadana y Marcela Galeas, advierten que el funcionario podría estar cayendo en el delito de “desobediencia” tipificado en el artículo 322 del Código Penal con pena de prisión e inhabilitación del cargo.

“Eso es, básicamente, en función de su mandato, la Asamblea Legislativa le requiere algo que él (Merino Monroy) se niega a dar”, explicó Galeas.

Ayer, en la interpelación del ministro de la Defensa Nacional por los hechos del 9 de febrero, cuando militares y policías fuertemente armados hicieron una incursión militar en el Congreso salvadoreño, el titular de Defensa se negó a explicar quién dio la orden del operativo, pese a la insistencia de los diputados.

Escobar y Galeas coinciden en que la negativa de Merino Monroy da pie a que los diputados puedan enviar a la Fiscalía la certificación de que incumplió con la obligación de responderles sobre los hechos del 9 de febrero de 2020, para que el fiscal general, Raúl Melara, los considere y evalúe el caso para promover un proceso de antejuicio, ya que el ministro de la Defensa posee fuero constitucional.

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Los diputados han dicho que el resultado de la interpelación podría provocar un recomendable al presidente Nayib Bukele para que destituya al funcionario, ya que sus resoluciones en este caso, no son vinculantes. Sin embargo, Escobar consideró que tras la intervención de Merino Monroy en su interpelación, hay indicios del delito de “desobediencia”.

“Es lamentable que no esté contestando como se le pregunta, él tendría la oportunidad de desvanecer cualquier señalamiento que pueda tener. Llama la atención que, pese a que el ministro de la Defensa, acepte que tiene el control sobre el aparato militar, diga que no ha participado de ninguna decisión y que no ha tenido intervención en esa fecha”, manifestó Escobar.

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El artículo 322 del Código Penal en el que podría haber caído el titular de la Defensa, reza así: “El funcionario o empleado público, agente de autoridad o autoridad pública que se negare abiertamente a dar el debido cumplimiento a sentencia, decisiones u órdenes de un superior, dictadas dentro del ámbito de su competencia y revestidas de las formalidades legales, será sancionado con prisión de seis meses a un año e inhabilitación especial para el ejercicio del empleo o cargo por igual tiempo”.

El director del Departamento de Estudios Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), Javier Castro, expresó que “a pesar de las evasivas y faltas de respuesta, fue clarísimo lo que pasó el 9F: la militarización quedó en evidencia no solo a nivel nacional, sino también a nivel internacional, y es alejado de la realidad señalar que la presencia militar se debió a brindar algún tipo de seguridad”.

Y es que Merino Monroy ha llegado a decir a la Asamblea que su presencia en el Salón Azul el 9 de febrero solo fue para “verificar” que todo lo que estaba pasando en la Asamblea estaba dentro de lo normal, que no se trató de un “operativo militar”, sino de “procedimientos de operativos normales”.