Los 3 puntos de discordia en los proyectos para la Ley de Reconciliación que estudia la Asamblea

La Comisión Política acordó convocar para el lunes 27 de mayo a las distintas organizaciones de la sociedad civil y de representantes de las víctimas del conflicto armado, Iglesias, Fuerza Armada y abogados constitucionalistas para que den sus aportes a los dos anteproyectos que estudia la Asamblea.

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El anteproyecto de ley ya contaría con los votos suficientes para su aval. Foto EDH / Eugenia Velásquez

Por Eugenia Velásquez

2019-05-25 5:03:24

Mientras la Comisión Política propone una Ley de Reconciliación Nacional que permita cambiar la cárcel por servicios de utilidad pública para quienes sean juzgados y encontrados culpables por crímenes de guerra, las organizaciones que dicen representar a las víctimas del conflicto armado exigen penalizar con base a las leyes vigentes de esa época, del Código Penal actual y de la Constitución.

Esta es una de las marcadas diferencias entre el anteproyecto de la Asamblea y el de las organizaciones de la sociedad civil, ya que en el anteproyecto del Órgano Legislativo se suprime la cárcel por servicio de utilidad pública que podría ser de entre 3 a 10 años dependiendo de la gravedad del hecho cometido durante la guerra.

Este aspecto no es válido para los organismos sociales quienes exigen prisión para todo aquel que sea hallado culpable de graves violaciones a los derechos humanos y de crímenes de lesa humanidad.

Foto: Eugenia Velásquez

Alberto Romero, diputado de ARENA, explicó que las propuestas que pretendan modificar las discrepancias entre ambos proyectos no deberán salirse del esquema establecido que diseñaron los técnicos de la Comisión Política.

Los técnicos diseñaron un cuadro comparativo en el que plasman las coincidencias y diferencias que tienen ambos proyectos de ley. Según Romero, las consultas e insumos que brinden los invitados al foro del lunes (organizaciones de la sociedad civil y de representantes de las víctimas del conflicto armado, Iglesias, Fuerza Armada y abogados constitucionalistas ) en la Asamblea,  no implicarán la posibilidad de presentar una contrapropuesta a las dos existentes.

Estos son los tres principales puntos de discrepancias entre el anteproyecto de la Asamblea Legislativa y la propuesta presentada por un grupo de 30 organizaciones representadas en la Mesa contra la Impunidad, el Grupo Gestor para la Ley de Reparación Integral de Víctimas del Conflicto Armado y Comisión Pro Memoria Histórica:

Anteproyecto de Asamblea Legislativa

1. Elimina cárcel por servicios de utilidad pública

En el Art. 12 del proyecto dice que la pena de prisión a partir de la vigencia de la ley, así como las penas impuestas en procesos penales tramitados antes de dicha vigencia, independientemente de la medida de la misma, será suspendida de oficio su ejecución por el juez de la causa, si el imputado es condenado a penas de hasta 10 años de cárcel y si fueran mayores se sustituirá por trabajo de utilidad pública.

2. Pensión del Estado y resarcimiento civil por parte del hechor

Según el Art. 27 se creará una Dirección Nacional de Reparaciones adscrita a la Presidencia de la República que se encargará del “diseño del Programa Nacional de Reparaciones a favor de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el contexto y en razón del conflicto armado interno”. Se establece una reparación colectiva y una pensión mensual que no podrá ser mayor a un salario mínimo ($300).

3. La Fiscalía es el actor principal de la investigación

En el Art. 5 se dice que será el Fiscal quien dentro de los 5 meses siguientes a la vigencia de la ley debe aprobar una política institucional para la investigación y juzgamiento de los crímenes. Elaborará un listado de los casos a ser investigados y procesados judicialmente usando criterios como la extrema gravedad de los hechos punibles, los comportamientos o prácticas de violencia “más ofensivas y repudiables para el género humano y el impacto sobre las víctimas”.

Anteproyecto de organizaciones 

1. Proyecto de organizaciones exige aplicar ley penal vigente

En el Art. 72 del Juzgamiento de crímenes de guerra y de lesa humanidad se establece que las “graves violaciones a los derechos humanos e infracciones graves al derecho internacional humanitario en el contexto del conflicto armado serán juzgadas conforme a la Constitución de la República, la legislación ordinaria y los principios, reglas y prácticas del derecho internacional.

2. Se contempla un fondo de reparaciones con patrimonio

En el Art. 53 se crea el Fondo de Reparación Integral como una “unidad administrativa adscrita a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional (unidad nueva) que administrará los recursos humanos, económicos y financieros para la gestión de todas las medidas de reparación integral de las víctimas. El fondo se financiará con dinero estatal, cooperación internacional y del 5% de recursos por la enajenación de bienes obtenidos a través de la Ley de Extinción de Dominio.

3. Exigen “imprescriptibilidad” de crímenes de lesa humanidad

En el Art. 78 se dice que en los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, prevalecerá el principio de imprescriptibilidad conforme el derecho internacional. Los juicios deberán aplicarse con estándares de los derechos humanos. Las víctimas y sus representantes podrán solicitar la investigación, procesamiento y sometimiento a juicio de las personas responsables de graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario.