Nuevos magistrados de Cámara ratifican nulidad de proceso penal contra Norman Quijano

Además, el tribunal superior le advierte a la Fiscalía General que se abstenga de hacer peticiones sin sustento legal.

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El expresidente de la Asamblea Legislativa y actual diputado al Parlacen, Norman Quijano. Foto EDH archivo

Por David Marroquín

2021-10-09 9:59:22

Los nuevos magistrados de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador ratificaron la nulidad decretada por los anteriores magistrados del proceso judicial en contra el ex presidente de la Asamblea Legislativa y exdiputado Norman Quijano, quien era acusado de haber negociado el apoyo electoral con las pandillas cuando él era candidato presidencial por Arena en 2014.

En la misma resolución, los nuevos magistrados le advierten a la Fiscalía General que se abstenga de hacer peticiones sin sustento legal.

"En consecuencia, el recurso deberá ser declarado sin lugar por improcedente y reconvenirse al fiscal actuante para que se abstenga de hacer peticiones sin sustento legal, artículo 130 Incs. 1° y 3° CPP, como así se resolverá", señala la resolución de la Cámara.

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La Fiscalía General presentó el recurso de revocatoria de la resolución que emitieron los anteriores magistrados de la referida Cámara que declaraba "la nulidad absoluta total del procedimiento, desde la presentación del requerimiento fiscal, y todos los actos posteriores derivados de ella, dejándose sin efecto todas las decisiones dictadas dentro del
proceso...”

La intención del ente fiscal era que se anulara la referida decisión de los anteriores magistrados que fueron cesados por el decreto legislativo que obligaba a retirarse a jueces y magistrados mayores de 60 años de edad o con más de 30 años de servicio en la judicatura.

En su petición de revocatoria, la Fiscalía argumentó que "la decisión adolece de falta de fundamentación pues, dice [entre otras cosas], fue emitida sin haber entrado a valorar los antecedentes jurisprudenciales de la Sala de lo Constitucional en lo relativo a las inmunidades y prerrogativas que gozan los Diputados de la Asamblea Legislativa y en consecuencia los Diputados del Parlamento Centroamericano (Parlacen)".

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Además justifica que "la Cámara [en su composición subjetiva anterior] realice enunciación de la jurisprudencia constitucional y se dedicó a copiar fragmentos de dichas resoluciones —ejercicio que no suple el mandato de fundamentación que exige el artículo 144 CPP-, relacionando el artículo 400 N° 5 CPP y, por ende, solicita a esta Cámara revoque el anotado proveído".

En ese sentido, la Cámara resolvió que "la revocatoria no cumple con los requisitos legalmente exigidos en los artículos 452 Inc. 1 ° y 461 CPP, ni aún pretendiendo interpretar las normas que se refieren a los recursos en el sentido más favorable a la efectividad de los mismos".

Lisandro Quintanilla, defensor de Quijano, sostuvo que la decisión de la Cámara le permitirá asumir el 28 de octubre próximo como diputado al Parlamento Centroamericano (Parlacen) ni tampoco podrá tener ninguna restricción para movilizarse en el país y en el exterior.

"Por aquello de que hay alguna duda, no hay nada que discutir tiene fuero, lo tiene ya, pero lo va a consolidar...lo tiene a partir de la Constitución lo tiene, pero el 28 de octubre se concretiza con mayor transparencia, se cierra la discusión de ese punto", dijo Quintanilla.

Aunque la resolución de la Cámara ratifica la nulidad de la orden de captura, Quijano seguirá fuera del país por su seguridad personal y por los compromisos que le acarreará su nombramiento como diputado del Parlacen, sostuvo Quintanilla.

Ante un posible recurso de casación que pueda interponer la Fiscalía General a la decisión de la Cámara ante la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Quintanilla dijo que "tenemos la esperanza de que el componente subjetivo de la Sala de lo Penal ponga todo su conocimiento, su capacidad y competencia  para proteger los principios constitucionales".

Agregó que "la Sala de lo Penal es el último bastión para que si alguien va a ser desposeído y desprendido de sus derechos fundamentales , lo sea,  respetando el debido proceso".