UCA pide que se anule la resolución que cierra caso jesuitas

En un comunicado, la institución académica y la Compañía de Jesús dicen que la decisión de la Sala de lo Penal violenta la sentencia de inconstitucionalidad y deja en impunidad un crimen de lesa humanidad

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Imágenes de los jesuitas asesinados por elementos militares durante la guerra en El Salvador. Foto EDH / Archivo

Por Mirella Cáceres

2020-11-12 3:50:46

La resolución de la Sala de lo Penal con la que cierra el caso del asesinato de seis sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras en noviembre de 1989 por haber prescrito es para la Universidad Centroamericana UCA y la Compañía de Jesús que violenta una sentencia de inconstitucionalidad y deja en la impunidad un hecho que califica como de lesa humanidad, por lo que advierte que tomarán las acciones judiciales que correspondan.

En un comunicado, la UCA y la orden de los jesuitas cuestionan seriamente la decisión de los magistrados de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia y piden a la Sala de lo Constitucional a que “actuar de oficio y declarar nula” dicha resolución.

La resolución se dio a conocer la semana pasada y dejaba prácticamente libres a ex-altos jefes militares de turno como Orlando Zepeda y Francisco Helena Fuentes, considerados junto a otros como autores intelectuales de la masacre en el recinto de la UCA.

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Las razones que dan los demandantes es que la decisión de la Sala de lo Penal incumple la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, pero además porque el asesinato de los sacerdotes y sus dos empleadas han sido calificados en dos procesos formales como “crimen de lesa humanidad” y “crimen de guerra”, por el pleno de la Corte Suprema de Justicia y la Cámara de lo Penal, respectivamente.

Además de esas dos calificaciones, dice la institución académica, la sentencia de la Sala de lo Constitucional en su sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía se declara que la prescripción no puede ser aplicada a crímenes de lesa humanidad o de guerra, como tampoco a aquellos que contiene el informe de la Comisión de la Verdad.

“Precisamente, las resoluciones del Juzgado y de la Cámara daban cumplimiento jurídico a dicha sentencia de inconstitucionalidad. Ignorarla o desobedecerla directamente puede constituir delito de prevaricato”, dice la UCA.

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