Instituto de Acceso a la Información suspende proceso contra magistrados

Tras la admisión del recurso contra el Instituto, de obligar a la Corte a entregar informes de Probidad, esa entidad ha dejado sin efecto las medidas que inició contra seis magistrados mientras la Sala de lo Contencioso resuelve el caso.

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Corte Suprema de Justicia. Foto EDH / Archivo

Por Mirella Cáceres

2019-11-05 1:58:17

El conflicto que hay entre el Instituto de Acceso a la Información Pública (Iaip) y magistrados de la Corte Suprema de Justicia por la entrega de informes patrimoniales elaborados por Probidad durante 2018 sobre funcionarios y exfuncionarios investigados, ha quedado en suspenso mientras estudia el caso y resuelve la Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Tecla.

En una notificación a la Corte Suprema de Justicia, el Instituto le dice que ha sido notificado por la Cámara de lo Contencioso Administrativo en la que, entre otras, ha emitido medida cautelar que consiste en la suspensión temporal de los efectos de la resolución emitida por el Instituto incluyendo el proceso sancionatorio contra los magistrados que resolvieron no entregar la información los informes de Probidad solicitados por dos representantes de la Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde) que hubiere realizado Probidad en 2018.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 6 y 85 de la Constitución y otras normativas, el Instituto resolvió “dejar sin efecto el señalamiento de audiencia oral en el procedimiento realizado por medio del auto emitido por este Instituto a las diez horas con cuarenta y dos minutos del dieciocho de octubre del presente año”.

La Corte y el Instituto han mantenido un conflicto por este tema desde la decisión de la Corte de no revelar informes de 2018 en los que solo hubo funcionarios exonerados de sospechas de enriquecimiento ilícito, por lo tanto la Constitución los protege, según han alegado en su resolución como en la demanda que presentaron en la Cámara de lo Contencioso Administrativo.

La Corte alegó que tal información es reservada y se fundamentó en el artículo 240 de la Constitución de la República y en que en los documentos solicitados contienen datos bancarios, financieros, contables y patrimoniales del funcionario o empleados públicos obligados a declarar, entre otros, y “que no se puede entregar aquella información en la que no se haya declarado indicios por enriquecimiento ilícito”.

A raíz de esa resolución tomada en Corte Plena, el IAIP resolvió que la Corte entregue los informes y además inició un proceso sancionatorio contra los ocho magistrados que votaron por no acatar la orden de ese instituto mediante una resolución emitida el 23 de agosto de este año. Además le puso de plazo para la entrega tres días hábiles a partir de la notificación.

El magistrado Óscar López Jerez dijo el pasado 18 de octubre a El Diario de Hoy que en 2018 no emitieron ninguna resolución por sospechas de enriquecimiento ilícito, sino solo exoneraciones, por lo tanto no pueden entregar lo que están solicitando los dos ciudadanos, y que eso ya lo han explicado al IAIP.