Abogado pide que nombramientos de cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional sean declarados inconstitucionales

El demandante argumenta que los 64 diputados violaron los artículos 85 y 135 de la Constitución que se refiere al principio democrático y deliberativo en el proceso de formación de ley. Además no justificaron la urgencia de la dispensa de trámite.

descripción de la imagen
Fotografía de los cinco abogados nombrados como magistrados de la Sala de lo Constitucional por 64 diputados de Nuevas Ideas y sus aliados. Foto: Imagen de carácter ilustrativo y no comercial/ https://twitter.com/AsambleaSV/status/1388731564167778304

Por David Marroquín

2021-05-27 10:45:36

El abogado Herbert Danilo Vega pidió a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declare inconstitucional los nombramientos de los cinco magistrados de la referida Sala que fueron electos de facto el uno de mayo pasado por los diputados de Nuevas Ideas y sus aliados.

En la primera sesión plenaria, la actual Asamblea Legislativa dominada por el partido de gobierno Nuevas Ideas eligió al abogado Óscar López Jerez como presidente de la Corte Suprema de Justicia y como Presidente de la Sala de lo Constitucional para el período del uno de mayo al 30 de junio de 2021.

También eligió a los abogados Elsy Dueñas Lobo, José Ángel Pérez Chacón, Héctor Nahum Martínez García y Luis Javier Flores Magaña como magistrados de la Sala de lo Constitucional para el periodo del 1 de mayo de 2021 al 15 de noviembre del 2027.

VEA TAMBIÉN: ¿Quiénes son los magistrados y el fiscal impuestos por la Asamblea Legislativa?

Ellos sustituyeron al anterior presidente de la CSJ y de la Sala de lo Constitucional, Óscar Armando Pineda Navas y a los magistrados de la misma Sala, Aldo Cader Camilot, Marina Marenco de Torrente, Carlos Sánchez y Carlos Sergio Avilés Velásquez.

Vega argumenta que los 64 diputados que nombraron a los cinco abogados como magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) violaron los artículos 85 y 135 de la Constitución de la República.

Los artículos anteriores establecen el principio de democrático y deliberativo del proceso de formación de Ley, específicamente, por la vulneración a los principios de contradicción, libre debate y discusión propia de la actividad legislativa.

Vega sustenta la demanda de inconstitucionalidad en la sentencia de la Sala de lo Constitucional del 17 de marzo pasado relacionada a la controversia relacionada al principio democrático y deliberativo en el proceso de formación de ley.

VEA TAMBIÉN: Estados Unidos y Europa llaman a volver a la situación anterior a destitución de magistrados y fiscal

La referida sentencia señala que "en la actividad legislativa el debate y la libre discusión cumplen un papel esencial, porque permiten a los diferentes grupos con representación política exponer y defender distintas posiciones y opciones sin presiones indebidas, lo que posibilita el parlamentarismo democrático".

Sostiene que "como en la fase legislativa quedan comprendidos los trabajos y discusiones de las comisiones pertinentes, su labor no puede ser simplemente omitida".

En ese sentido señala que "la exigencia de discusión del proyecto en una comisión legislativa no opera en forma definitiva, como si se tratare de una condición absoluta", pero sugiere que "en algunos casos, es posible que esté justificado omitir el dictamen favorable para que el proyecto de ley pueda ser considerado por el
pleno legislativo cuando se imponga la urgencia de aprobarlo por razones comprobadas".

Agrega que "la dispensa de trámite es la excepción al procedimiento legislativo ordinario, la Asamblea Legislativa tiene la carga de argumentar por qué fue necesario e ineludible suprimir esa etapa y debe demostrar que en su pleno existió o se posibilitó una discusión sobre la urgencia de la aprobación del proyecto de ley. En caso contrario, habría un vicio de formación y el decreto legislativo sería inconstitucional".

En ese sentido, el abogado Vega señala que "la diputada Suecy  Callejas Estrada , no detalló, no mencionó, no justificó y no comprobó los motivos, los hechos, por los cuales debía introducirse su petición a conocimiento del pleno de la Asamblea Legislativa, sobre la urgencia de la dispensa de trámite, para entrar al conocimiento de la solicitud de la destitución de los Magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia".

La referida diputada no supo justificar la urgencia de la dispensa de trámite, señaló el demandante.

El abogado recusó a los abogados Óscar López Jerez, Elsy Dueñas Lobo, José Ángel Pérez Chacón, Héctor Nahum Martínez García y Luis Javier Flores; para que conozcan de la demanda porque sus nombramientos como magistrados de la Sala de lo Constitucional son los que están siendo impugnados.

Demanda que se llame a los magistrados suplentes de la referida sala para que conozcan y resuelvan el recurso de inconstitucionalidad.