Gobierno retrocede en ley que blinda compras en pandemia

El ministro de Salud envió pieza de correspondencia a la Asamblea para que se reforme la conocida como "Ley Alabí". Expertos señalan que esta reforma podría ser para enviar una señal al Fondo Monetario Internacional (FMI),

descripción de la imagen
Francisco Alabí, ministro de Salud. Foto: Twitter / Ministerio de Salud

Por Milton Rodríguez

2021-10-12 11:58:15

Entre las peticiones que el oficialismo ingresará hoy a la Asamblea Legislativa se encuentra una pieza que busca enmendar la "Ley Alabí".

El ministro de Salud, Francisco Alabí, envió pieza de correspondencia a la Asamblea este 8 de octubre pasado para que se reforme la "Ley para el uso de productos para tratamientos médicos en situaciones excepcionales de salud pública ocasionadas por la pandemia covid-19", mejor conocida como "Ley Alabí.

Dicha normativa fue aprobada el 5 de mayo de 2021, y fue duramente cuestionada porque exonera a funcionarios involucrados en el manejo de la pandemia por la covid19, en caso de enfrentar demandas y denuncias judiciales o administrativas.

LEA TAMBIÉN: Nueva Asamblea blinda a funcionarios señalados de compras irregulares

La propuesta de enmienda plantea que la inmunidad no se extenderá a actos de corrupción en la prestación de servicios de salud.

“La inmunidad otorgada por el presente artículo, no se extiende a ningún acto de fraude, soborno, corrupción, robo, falsificación o piratería, tráfico de bienes robados o actividad delictiva similar, derivada de la prestación de cualquier producto o servicio relacionado con la situación de la salud pública causada por la pandemia del covid-19, a cuál se refiere este artículo”, reza la propuesta de reforma al artículo 4 de la normativa.

Específicamente, se cambiaría lo que establece el artículo 4 de dicha normativa mediante la que se exonera a personas o entidades que operan en el sector de la salud gozarán de inmunidad ante procesos judiciales o administrativas en su contra.

La vigente “Ley Alabí” también las deja exentas de cualquier responsabilidad civil, penal o comercial u obligación de indemnizar que surja por, o que esté relacionada con cualquier producto o servicio para tratamientos médicos o con su desarrollo, administración o uso, dentro del contexto de una situación excepcional de salud pública ocasionada por la Pandemia covid-19.

LEA TAMBIÉN: Nuevas Ideas aprueba ley que dejaría “impunes” posibles delitos en compras hechas por funcionarios públicos durante la pandemia

Pero ¿a qué obedece tal petición de reforma? A juicio de la jefa jurídica de Cristosal, Ruth López, “esta reforma seguramente es parte de la negociación que el gobierno tiene con el FMI, el que me parecería desconocedor e ingenuo si la acepta como una señal de avance cuando el principal problema está en la falta de persecución de los delitos de corrupción cometidos durante la pandemia, en la opacidad gubernamental y especialmente en la inexistencia de controles sobre las actuaciones irregulares del Ejecutivo al no existir órganos fundamentales independientes”.

José Marinero, presidente de Fundación DTJ coincide con López en que “podría ser para enviar una señal al FMI (con el fin de aparentar el cumplimiento de alguna condición) o podría ser una señal para EEUU”.

Sin embrago, aclara que no es porque hayan sido persuadidos de la importancia de luchar contra la corrupción pues de lo contrario “este gobierno y su fiscalía impuesta estarían investigando y persiguiendo a los que se están lucrando de compras corruptas durante la pandemia y que han sido señalados en investigaciones periodísticas y en la Lista Engel, entre otras”.

Marinero añadió que hay una contradicción absurda en el borrador de la modificación en el sentido que “parece que la excepción solo es para la inmunidad, es decir, pueden ser demandados, pero no para la exención de responsabilidad, o sea, aunque sean demandados y eventualmente condenados no podrá atribuírseles responsabilidad alguna”.

Explicó que, según la propuesta, la exclusión que pretende introducir la reforma no incluiría a los que participaron en actos de corrupción en la adquisición de los bienes y servicios.

“La reforma no aplicaría a los exfuncionarios y funcionarios que pudieron haber participado en actos de corrupción en la adquisición de estos bienes y servicios y por tanto seguirían estando protegidos por el régimen de impunidad creado en la Ley Alabí”, enfatizó.

Por otra parte, manifestó que tampoco modificaría otras reglas que conducen a la opacidad e impunidad en la administración de las compras públicas relacionadas con la pandemia.

Graciela Ayala, abogada de Funde -Alac destacó que desde que la “Ley Alabí” nació les causó sorpresa por todo lo que implica. “tanto los ciudadanos como todo el Estado quedaban indefenso en cuestiones de contrataciones respecto de insumos médicos de la pandemia”, recordó.

“Si es bien cierto que puede ser las exigencias del FMI, me pongo a imaginar que dentro de la administración ya se encontraron con ciertas vicisitudes respecto de esta ley y que hay terceros que ya la están aplicando y estafando al Estado o que pueden estarse ganando contrataciones, prometiendo mascarillas KN95 y no son realmente esas”, razonó.

En ese sentido expuso que “ellos mismos blindaron terceros y no podían reclamar por este tipo de contrataciones un poco fraudulentas”.