Transporte público puede circular solo para movilizar a personal de salud, según nuevo decreto publicado esta madrugada

El Decreto Ejecutivo 24, que determina las reglas de los 12 días que faltan para finalizar la cuarentena especial, fue publicado esta madrugada por el Ejecutivo luego de varias demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el anterior decreto 22.

descripción de la imagen
Está contemplado que el transporte público inicie en la segunda fase, a partir del 7 de julio. Foto EDH/Archivo.

Por R. Tejada - Mario González - V. Rivas

2020-05-10 10:46:44

Luego de una serie de señalamientos de inconstitucionalidad, el Gobierno publicó durante la madrugada de este domingo el decreto ejecutivo 24 en el que hace algunos cambios con respecto a las restricciones de movilidad que estarán vigentes en los 12 días restantes de la cuarentena especial por la pandemia del COVID-19.

En el nuevo documento, publicado luego de una serie de demandas presentadas contra el anterior decreto 22, el Gobierno autoriza la circulación del transporte público exclusivamente para transportar a personal de salud. Anteriormente, y para el inicio de la cuarentena especial el pasado 7 de mayo, el Ejecutivo había prohibido la circulación del transporte público de pasajeros, lo que afectó la movilización de miles de empleados.

El Ejecutivo derogó los decretos 22 y 23 y para los próximos días estará en vigencia el decreto 24, que permite también que elementos de seguridad y empleados de salud hagan compras sin el número autorizado por el DUI.

De acuerdo al documento publicado esta madrugada, en el artículo 3, inciso 5, correspondiente al transporte privado de personal dice: “El transporte público de pasajeros podrá circular únicamente para movilizar al personal de salud debidamente identificado”.

ADEMÁS: Bukele paraliza el transporte público y cierra más la economía

El pasado 7 de mayo, miles de trabajadores que por sus actividades laborales tienen justificación de andar en la vía pública, tuvieron dificultades para movilizarse a sus centros de trabajo por la paralización del transporte público ordenada de manera sorpresiva por el presidente Nayib Bukele.

En el transporte colectivo se moviliza el 80 % de la fuerza laboral de este país.

Por su parte, el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana (IDHUCA) había solicitado ya a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia la reactivación del transporte público para personas que puedan circular justificadamente, que padezcan enfermedades de atención constante o que necesiten proveerse de alimentos y medicinas.

El decreto fue publicado a las 12:59 a.m. del 10 de mayo, pero sus efectos iniciaban a las cero horas de hoy, según un tuit de Casa Presidencial. Se desconoce si ha sido publicado en el Diario Oficial para su validez.

Además, se reitera que para los demás empleados autorizados para circular, cada empresa deberá proveer el transporte para trasladarlos a sus casas.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR: La complicada travesía para los salvadoreños sin el transporte público durante la cuarentena

También, entre las modificaciones del decreto 24 está que policías, militares y personal de la salud están exentos de presentar su DUI para ingresar a supermercados, farmacias y agencias bancarias. Con ello, estos salvadoreños son los únicos que tienen luz verde para realizar su diligencia en cualquier día. El resto de la población debe hacerlo conforme al último número de su documento de acuerdo a la programación estipulada previamente.

El artículo 3 del nuevo decreto también habilita la pesca, la piscicultura, la porcicultura y avicultura.

Para Enrique Anaya, doctor en derecho constitucional de la Universidad Complutense y miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, el decreto 24 es una simple reproducción de los decretos 22 y 23 del Ministerio de Salud, así que conserva en la práctica la totalidad de los vicios constitucionales.

Según Anaya, vale resaltar que, aunque con deficiencias, en el decreto 24 sí se ha eliminado un apartado que caía en violación a los derechos humanos que tenía el Decreto 22: la detención automática por no portar mascarilla o DUI, aunque persisten deficiencias.

Además, para el abogado constitucionalista, la derogatoria del decreto 22 y su sustitución por este nuevo decreto 24 no afecta en nada las ya varias demandas de inconstitucionalidad presentadas contra el decreto 22: pues en el proceso de inconstitucionalidad se examina la norma en sí, no si está en un articulo o decreto determinado.

DECRETO EJECUTIVO 24 

GALERÍA

Digna Segovia, la enfermera que se viralizó por ir a su trabajo en bicicleta

El buen humor y la energía que siempre ha caracterizado a Digna hizo que a sus 62 años y, ante la falta de transporte de pasajeros, se las ingeniara para irse a su trabajo en su bicicleta.