Exsecretario de Saca y su esposa enfrentan audiencia por enriquecimiento ilícito

El exfuncionario deberá responder ante la justicia sobre el origen de $481,983 que no logró justificar en el proceso de solvencia de Probidad de la Corte Suprema de Justicia.

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Los acusados no lograron justificar el enriquecimiento de $481,984. Foto EDH/ archivo

Por Jaime López

2019-12-18 11:11:11

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador tiene previsto para este miércoles realizar la audiencia preparatoria por el supuesto enriquecimiento ilícito contra el ex secretario particular de la Presidencia, Carlos Antonio Rosales Franco y su esposa Ana Leonor Morales Luna.

Rosales Franco se desempeñó durante el gobierno del expresidente Elías Antonio Saca entre 2004 y 2009, quien también cuenta con dos condenas que suman 12 años por lavado de dinero en el penal La Esperanza, más conocido como Mariona.

La Sección de Probidad de la Corte Plena determinó 15 irregularidades, 13 correspondían al ex secretario particular que ascendían a $467,794 y 2 a su esposa por $14,189 conforme a depósitos de cuentas de ahorros corrientes y pago de tarjetas de crédito.

Ambos fueron llamados para que detallaran el incremento no justificado de su capital pero el tiempo transcurrió y aunque el exfuncionario y su cónyuge se dieron por enterados, no presentaron la documentación que estableciera el origen lícito del incremento de sus bienes.

El caso fue elevado a la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia, donde el 30 de mayo luego del análisis y las discusiones, los magistrados acordaron remitirlo a la Fiscalía para iniciar una investigación y determinar si habían evidencias de un posible enriquecimiento ilícito.

“En el análisis de Probidad no justificó las cantidades en sede administrativa a los indicios de enriquecimiento ilícito”, dijo la fiscal el que día que presentó la demanda el 10 de julio.

La Fiscalía General de la República demandó ante la Cámara Segunda de lo Civil a Rosales Franco, y a su esposa, al no lograr justificar la suma de $481,984, según resolución de la Corte Suprema de Justicia del 30 mayo.