Asamblea otorga facultades a nueva Dirección General de Energía para centralizar concesiones de explotación de hidrocarburos y recursos mineros

La nueva entidad asume las funciones del Consejo Nacional de Energía y de la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Economía, pero, además, establece un bypass a la prohibición de la explotación minera aprobada en 2017, afirma el economista Rafael Lemus.

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Planta geotérmica en Ahuachapán.

Por Eugenia Velásquez

2021-10-26 1:56:52

Según el gobierno, la nueva ley de Creación de la Dirección Nacional de Energía, Hidrocarburos y Minas permitirá abaratar el costo de la energía eléctrica; sin embargo, para el economista Rafael Lemus, esa nueva instancia viene a ser un bypass para rebasar la ley que prohíbe la minería metálica en El Salvador.

“Le están dando facultades de algo que está prohibido, lo que están haciendo es un bypass de la ley que prohíbe la minería metálica, sin derogarla se la saltan con esta nueva ley”, afirmó Lemus.

De acuerdo a lo aprobado, la Dirección tendrá como funciones definir la política energética, aprobar las políticas de exploración, tramitar las concesiones de explotación de hidrocarburos y de los recursos mineros, entre otras facultades.

Según el presidente de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), Daniel Álvarez, lo que se busca es expandir la matriz energética, pero de acuerdo a Lemus el interés del gobierno es favorecer a empresas amigas o de familiares del presidente Nayib Bukele.

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“Aquí lo que se confirma es que este gobierno está regulando y haciendo leyes a la medida de grupos económicos. No lo dude que detrás de esto están los Bukele, así como fue la minería del Bitcoin que armaron todo el muñequito para fijarle un precio especial de energía a los que están minando”, cuestionó Lemus.

La ley que prohíbe la minería metálica fue aprobada en 2017, constituyéndose en ese entonces uno de los principales triunfos de los sectores ambientalistas e incluso de la Iglesia Católica.

Para Lemus, como el gobierno sabe que derogar la ley contra la Minería traería secuelas sociales para el gobierno, lo que hizo fue hacer una derogatoria “implícita, de hecho”.

“No la quieren derogar, porque es un gran problema político, porque hay grupos que están en contra de eso”, apuntó el economista.

Según lo aprobado este martes en el dictamen se establece que la Dirección tendrá entre sus facultades con respecto al sector de Hidrocarburos, aprobar y coordinar el cumplimiento de la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de hidrocarburos, propuesta por la CEL.

Además de tramitar las concesiones para la exploración y explotación de hidrocarburos propuesta por la CEL previo a su aprobación en la Asamblea, sin embargo, para Lemus, cuando sean proyectos del propio gobierno o que los diseñe la CEL con “una de esas empresas fantasmas que tiene no llegará nada a la Asamblea”.

Otra de las facultades que tendrá la nueva Dirección es regular y vigilar la importación y exportación, el depósito, transporte, distribución y comercialización de los productos de petróleo, así como la construcción y funcionamiento de los depósitos y tanques para consumo privado, estaciones de servicio, plantas de envasado de gas licuado de petróleo, y demás actividades relacionadas de conformidad a lo establecido en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, y disposiciones legales aplicables.

Mientras que con la regulación del sector de Minas tendrá entre sus atribuciones, formular, adoptar, dirigir y coordinar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales.

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Así como regular los aspectos relacionados con la exploración, explotación, procesamiento y comercialización de los recursos naturales no renovables, existentes en el suelo y subsuelo del territorio de la República.

Tramitar previo a su aprobación en la Asamblea las concesiones para la explotación de los recursos mineros y suscribir con los titulares los contratos respectivos; licitar la exploración de áreas especiales donde se localizan yacimientos con potencial económico investigado, entre otras funciones.

No podrán ocupar el cargo de Director General quienes sean socios, accionistas o administradores de cualquier sociedad de forma directa o indirecta, que tenga como fines actividades en los sectores de energía, hidrocarburos y minas; quienes hayan sido condenados por delitos dolosos y quienes ejerzan cargos de dirección en un partido político legalmente constituido, pero si permite ostentar ese cargo a las sociedades cuyo accionista directo o indirecto sea la CEL, es decir, se considera a LaGeo e Inversiones Energéticas (INE).