Diputados avalan de forma exprés ley que permite expropiar propiedades sin visto bueno de sus dueños

En menos de media hora, la comisión de Legislación del Congreso emitió dictamen favorable para el proyecto que abre la puerta a expropiaciones sin que el propietario tenga influencia. Se prevé que se apruebe en la plenaria de este martes.

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La diputada de Nuevas Ideas Marcela Pineda destacó la importancia del proyecto. Foto EDH / @AsambleaSV

Por Ricardo Avelar

2021-11-22 5:02:32

La comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa aprobó de manera exprés el proyecto de Ley de Dominio Eminente que abre las puertas para expropiar bienes inmuebles y terrenos privados cuando estos hayan sido declarados de interés público o de interés social y que el Estado no los haya podido adquirir por contratación directa con los propietarios o sus poseedores.

En una discusión que no tomó más de media hora, esta comisión dio el aval para este proyecto que da más herramientas a la Dirección de Obras Municipales (DOM) que centralizará las obras de las alcaldías del país. Se prevé que esto sea conocido y aprobado en la plenaria del martes 23 de noviembre.

VER: Gobierno promueve “Ley de Expropiación” de inmuebles y terrenos cuando sean considerados de “interés público”

Esta ley ha sido considerada, junto a la creación de la DOM y la reducción del Fodes, parte de los golpes a la autonomía municipal en El Salvador, que está transitando a ser controlada por el Órgano Ejecutivo.

En el Art. 3 de la propuesta gubernamental se establece que será competencia del Juez de Primera Instancia con jurisdicción en materia civil, del domicilio del demandado o del lugar donde se encuentra situado el inmueble, conocer de los procesos de dominio eminente de los inmuebles para las obras municipales.

Será el juez quien deberá dictar sentencia en el acto, determinar si es procedente o no lo es, y quien deberá anunciar verbalmente el fallo, decretando el dominio eminente sobre el inmueble para las obras municipales, determinando el valor de la indemnización, la forma y condiciones de pago.

El proyecto contempla en su artículo 5 que al momento en que un juez admita la demanda presentada por la DOM, se procederá a autorizar “la ejecución de los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar”.

Es decir, que el ciudadano no podrá impedir la expropiación ni tiene voz en el procedimiento, salvo en la compensación económica que determinen los peritos del caso.

TAMBIÉN: Gobierno podrá quitar inmuebles aun con juicio de expropiación abierto

Cuando la iniciativa fue presentada por el secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro, el pasado mes de octubre, abogados resaltaron que este proyecto puede generar arbitrariedades y permite a la Dirección de Obras Municipales tener poderes excesivos.

José Marinero, presidente de la Fundación Democracia, Transparencia y Justicia (DTJ), opinó en su momento que a la Dirección Nacional de Obras Municipales se le están otorgando “poderes extraordinarios” de los que ya el gobierno le adjudicó como es el de manejar casi el 100% de los fondos municipales. Además criticó que se salta el consentimiento de los propietarios de los terrenos en cuestión.

“Autoriza a la Dirección Nacional de Obras Municipales a arrancar las obras sin que hubiera acabado el proceso con la sola admisión de la demanda, esto es peligrosísimo, esto quiere decir que nunca van a perder (los casos). La posibilidad de causar daño al patrimonio, a la propiedad de los privados se vuelve ilimitado, me parece que hay violación a la Constitución”, señaló Marinero.

El abogado constitucionalista Francisco Bertrand Galindo explicó en su momento que así como está redactada la propuesta de ley de expropiación el único derecho que le queda al propietario de un inmueble es “pelear” el precio de la indemnización, pero no la propiedad, “ya de una sola vez se la quitan”, expresó.

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