Hasta 16 años de cárcel por divulgar contenidos íntimos de chat después de terminar una relación sentimental

La comisión de la Mujer llegó al consenso de reformar los artículos 50 y 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.

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Imagen Referencia Pixabay

Por Eugenia Velásquez

2021-08-27 1:12:37

Las reformas acordadas este viernes por los diputados de la Comisión de la Mujer van en el sentido de incrementar las penas de prisión por la difusión de pornografía de entre 5 a 10 años; y de entre 3 a 5 años por la difusión ilegal de información.

En esta última se incluye como delito penado hasta con 16 años de cárcel, el divulgar por cualquier medio, información de conversaciones e imágenes compartidos en chats entre una pareja cuando por alguna causa estos rompieran su relación sentimental.

Las modificaciones se realizarán a los artículos 50 y 51 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres. En ambas propuestas el partido Nuevas Ideas hizo hoy una corrección, ya que en la iniciativa presentada el pasado 16 de agosto en vez de aumentar las penas, éstas se mantenían igual como en la ley actual.

 

En la Ley vigente se establece en el artículo 50 que “quien publicare, compartiere, enviare o distribuyere información personal que dañe el honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen de la mujer sin su consentimiento, será sancionado con pena de uno a tres años”, pero con la adenda acordada este día se incrementa de 3 a 5 años.

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En el artículo 51 la normativa vigente establece que “quien publicare, compartiere, enviare o distribuyere material pornográfico por cualquier medio informático o electrónico, en el que se utilice la imagen o identidad de la mujer sin su consentimiento, será sancionado con pena de tres a cinco años”, pero con el cambio acordado este día se aumenta la pena de cárcel de 5 a 10 años.

En este último caso, se añade el agravante de la pena en dos terceras partes si se trata de una relación sentimental o de poder.

“Al establecer una normativa como ésta, espero que las personas piensen dos veces antes de difundir pornografía porque ahora se tendrán que enfrentar a las consecuencias legales”, informó la diputada presidenta de la Comisión de la Mujer, Alexia Rivas, de Nuevas Ideas.

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Por su parte, la diputada Norma Lobo, de Nuevas Ideas, manifestó que hay muchos casos que por la misma confianza que depositan las mujeres en su pareja son víctimas de la difusión de material íntimo. “Ahora la persona que difundiere o compartiere material sabrá que tendrá que enfrentarse a una pena de prisión”, apuntó Lobo.

Según la diputada Marcela Pineda, de Nuevas Ideas, la violencia que sufren las mujeres no puede enfocarse solo en una acción, ya que la difusión de una fotografía conlleva socialmente a que una mujer se sienta vulnerada.

“Me parece que la reforma al artículo 51 ahora sí tiene una pena muy acertada, porque estamos hablando muchísimo más allá de una foto. Hay casos de mujeres que han decidido irse del país por ser víctimas del acoso”, expresó Pineda.

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La diputada Marleni Funes, del FMLN, también propuso incluir en el artículo 51 que se incluya a quienes después de terminar una relación sentimental se dedican a publicar los mensajes de texto en chats que se han dado mientras duró la relación sentimental.

“Talvez son conversaciones comprometedoras y después las amenazan con publicar en chats, para intimidarlas cuando esa relación termina. Se debe establecer que no debe ser publicado en ningún medio virtual y de ninguna forma, con el objetivo de proteger los derechos de las mujeres”, solicitó Funes.