Diputado Reynaldo Cardoza propone que se prohíba que niños menores de ocho años sean transportados en motocicleta

El diputado dijo que es común ver que conductores llevan hasta tres niños y un adulto más en la motocicleta, poniendo en riesgo la vida de los menores de edad. ¿Qué opinas de la propuesta?

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A diario los motociclistas cometen varias infracciones de tránsito. / Foto Por EDH

Por Steven Pérez - Eugenia Velásquez

2019-07-16 5:12:35

El diputado del PCN Reynaldo Cardoza presentó el lunes en la Asamblea Legislativa una iniciativa para reformar la Ley de Tránsito con el fin de sancionar con multa de hasta $57.14 a los adultos que transporten en sus motocicletas a niños menores de ocho años de edad.

El diputado explicó que lo anterior no está regulado en la normativa de Tránsito y es común ver que conductores llevan hasta tres niños y un adulto más en la motocicleta, poniendo en riesgo la vida de los menores de edad.

“El tema de andar con niños en motocicletas es importante tratarlo en la Asamblea, por lo que se presenta la reforma de Ley de Tránsito, para regular estas acciones irresponsables”, detalló Cardoza.

La prohibición de que niños menores de ocho años sean transportados en motocicleta se haría a través de una reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su apartado sobre el Sistema de Seguridad Vial.

Durante la presentación de la pieza de correspondencia, el diputado resaltó la muerte de un menor de cuatro años, luego que la motocicleta en la que viajaba con sus padres se accidentara en la carretera que de Guacotecti conduce a Sensuntepeque, Cabañas, el 10 de diciembre del año pasado.

“Propongo aplicar una multa de $57.14 clasificado en la categoría de (sanción) muy grave. Se toma en cuenta la fragilidad física y mental de los niños y niñas frente a todo tipo de riesgos”, afirmó Cardoza. Agregó que si no se toma una medida restrictiva, las cifras de niños heridos o fallecidos puede incrementarse. Las reformas deberán ser analizadas en la comisión de Obras Públicas de la Asamblea Legislativa.

Actualmente los artículos 86 y 117 de la Ley de Transporte Terrestre regulan las condiciones en que deben transitar las motocicletas y las acciones que son objeto de sanciones administrativas que consisten en multas desde $ 11.43 hasta $ 57.14.

Hasta marzo del presente año, la Policía ha registrado 985 accidentes de motociclistas, donde las causas que destacan tienen que ver con la distracción del conductor, invadir el carril, velocidad inadecuada, no guardar la distancia entre vehículos, no respetar el semáforo y conducir en estado de ebriedad.