Estos son los días para que puedas salir a comprar comida o medicinas según DUI

El decreto 22 que contiene las medidas restrictivas para la cuarentena fue publicado este mediodía por la Secretaría de Prensa del Gobierno en redes sociales, minutos después fue borrado. Por la tarde volvió a publicarse.

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Foto EDH

Por P. Recinos

2020-05-06 11:59:36

Debido a que hay salvadoreños que no han cumplido con la cuarentena ordenada por el Gobierno, el presidente Nayib Bukele informó el martes por la noche en cadena nacional que se aplicarán medidas más restrictivas para forzar a los ciudadanos a cumplirla.

El presidente dijo que las nuevas medidas se aplicarán a partir de este jueves 7 de mayo, y que sólo se podrá salir a comprar alimentos o medicinas dos veces por semana conforme al último dígito del número del DUI y las compras deberán hacerse únicamente en centros comerciales y farmacias que estén dentro del municipio en donde se reside, ya que no se podrá transitar de un municipio a otro, en el Gran San Salvador.

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Dicha medida tendrá una vigencia de 15 días. La persona que sea encontrada incumpliendo dichas restricciones será enviada a un centro de retención por la Policía o el Ejército para que un médico la examine y determine, en un tiempo no mayor de 12 horas, si se ha estado expuesto al virus y es un posible foco de contagio. En ese caso sería trasladada a un centro de confinamiento.

Las actividades que no se encuentran detalladas a continuación no están autorizadas para funcionar en ninguna de sus modalidades, ya sea venta libre, en locales o domicilio, detalla el documento oficial.

Según la regla para la circulación de personas que especifica el Art. 4: “Para el abastecimiento de alimentos, adquisición de medicinas o transacciones en agencias de bancos, se segmentará a la población conforme a la terminación del último dígito de su Documento Único de Identidad, pasaporte o carné de residente para extranjeros, quedando habilitados de la siguiente mandra

Número de terminación del DUI

0-1 y 2: jueves 7, lunes 11, viernes 15 y domingo 17 de mayo de 2020.

3 y 4: Viernes 8, martes 12, sábado 16 y martes 19 de mayo de 2020

5 y 6: Sábado 9, miércoles 13, domingo 17 y jueves 21 de mayo

7, 8 y 9: Domingo 10, jueves 14, lunes 18 y miércoles 20 de mayo 2020

 

En la sesión plenaria realizada en la madrugada del martes 5 fue aprobada la nueva Ley de Regulación para el aislamiento, cuarentena, observación y vigilancia por COVID-19 con los votos de la mayoría de partidos, excepto el FMLN.

Dicha ley establece que si el médico determina que el detenido debe ir a un centro de confinamiento, la cuarentena no debe ser mayor a 15 días. Hasta ahora, los confinamientos duraban 30 días o más. Sin embargo, la misma ley faculta a extender estos 15 días a las autoridades de Salud dependiendo de su criterio.

Mientras no se constate que la persona retenida tenga COVID-19, no puede ser llevado a un hospital o a un centro donde sí hayan casos confirmados. Solo puede ser llevado a confinamiento a un centro especial o a su casa. El cumplimiento de este artículo quedará sujeto a la capacidad instalada.