Denuncian en el Tribunal de Ética al director de la Policía por ostentar otro cargo “incompatible” con sus funciones

La designación de Arriaza Chicas se da en momentos en que la Fiscalía ya abrió una investigación en su contra tras los desacatos del funcionario de no llevar a dos ministros a la Asamblea.

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Mauricio Arriaza Chicas (der.) ha incurrido en desobediencia al no llevar por apremio a los funcionarios citados coinciden diputados y abogados Foto EDH / Archivo

Por Eugenia Velásquez

2020-10-16 9:56:07

Dos abogados interpusieron esta mañana en el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG), una denuncia en contra del Director de la Policía, Mauricio Arriaza Chicas por violar el artículo 6 literal “d” de la Ley de Ética Gubernamental.

Esto, a raíz de su reciente nombramiento por el presidente de la República, Nayib Bukele, como nuevo viceministro de Seguridad Pública, siendo el segundo cargo que ocupará en el sector público, ya que también ocupa el puesto de director de la Policía Nacional Civil (PNC).

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La designación de Arriaza Chicas se da en momentos en que la Fiscalía ya abrió una investigación en su contra tras los desacatos del funcionario de no llevar con apremio a los ministros de Hacienda, Alejandro Zelaya y al de Salud, Francisco Alabí, ordenados por la comisión especial de la Asamblea que investiga como usó el gobierno los fondos aprobados para atender la pandemia.

Según la denuncia presentada por los abogados, la nueva función de Arriaza Chicas como viceministro de Seguridad Pública no es compatible con las obligaciones inherentes al cargo de Director de la Policía.

La fundamentación jurídica y las prohibiciones éticas que los denunciantes pretenden incoar ante el TEG y en el que, según los abogados, Arriaza Chicas ha incurrido, se configura en el artículo 6 literal “d” de la Ley de Ética Gubernamental, el cual expresa que es una prohibición ética: “desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable, por coincidir en las horas de trabajo o porque vaya en contra de los intereses institucionales”.

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De lo anterior se desprende que “una circunstancia a sancionar identificada como desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable”, señalan los denunciantes.

Añaden que en la Ley Orgánica de la Policía expresa literalmente en su artículo 5, inciso tercero que “el cargo de Director General de la Policía Nacional Civil es incompatible con el desempeño de otro cargo público y con el ejercicio de su profesión, excepto las actividades de carácter docente y cultural”.

De lo anterior se infiere que es posible identificar que se desprende una clara contravención a la normativa aplicable al Comisionado Arriaza Chicas, “en el sentido de que es visible un desvalor del ordenamiento jurídico que es atribuible a la conducta que manifiesta el funcionario público en mención, al ejercer simultáneamente dos cargos, los cuales son incompatibles entre sí al tenor de las normativas acá detalladas” y que violan el artículo 6 de la ley de Ética Gubernamental, afirman los abogados.

Relacionan además lo contemplado en la Convención Interamericana contra la Corrupción en su artículo 3, el cual establece la necesidad de normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas.

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