Espionaje electrónico violenta los derechos constitucionales hasta de terceros

En el texto leído y aprobado en el pleno no se incorporó la autorización de un juez para intervenir las telecomunicaciones de una persona.

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Por Eugenia Velásquez - Milton Rodríguez

2022-02-02 9:22:25

La invasión a la privacidad de los ciudadanos en las reformas al Código Procesal Penal aprobadas este martes en la Asamblea, no se limita únicamente al ciudadano espiado, también abarca los datos personales y comunicaciones de las personas con quién el investigado intercambia mensajes e información a través de sus dispositivos electrónicos o por cualquier otro medio cibernético.

Según Laura Hernández, abogada experta en temas tecnológicos, la vulneración de los derechos constitucionales es mayor a la luz de las modificaciones aprobadas por los diputados del oficialismo, para dar vida a los policías encubiertos digitales y tomar como evidencia para la persecución penal cualquier información que ellos consideren pertinente sin el debido análisis por un perito forense.

“Sería una intromisión con un alcance bastante amplio. Equivalente a una autorización legal a la vigilancia que pudiera usarse en cualquier tipo de delito y con cualquier persona, es de las cosas más graves que yo veo”, afirmó Hernández.

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Otro punto que llama la atención de la experta es que la reforma a la propuesta original que habían acordado en la Comisión de Seguridad no fue incorporada, ya que en la lectura y aprobación del dictamen de reformas se dejó por fuera contar con la autorización de un juez antes de intervenir la intimidad de una persona.

“Según el texto aprobado no se requiere autorización judicial para realizar operaciones digitales encubiertas, lo cual es muy grave. Tampoco se limitan los alcances de la figura, los delitos que podrían investigarse con este tipo de operaciones y el rango de operaciones encubiertas o que los agentes podrán ejecutar”, señaló Carlos Palomo, experto en tecnología.

Llama la atención de los abogados también el tiempo en el que un agente encubierto mantendrá en su poder la información personal y si realmente servirá para sustentar un proceso penal y si no, qué pasará al final con esos datos.

“Hasta donde llegará y qué información obtendrá y cuál es el manejo que se le debe de dar y cuando esa información debe ser descartada porque no ayuda a la investigación del delito, eso siembra duda del interés y objetivo de esa reforma”, plantea el presidente de Acción Ciudadana, Humberto Sáenz.

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Para Hernández imponer medidas cautelares como el bloqueo de una cuenta o redes sociales también violentan los derechos humanos, la libertad de expresión, la libertad de prensa y de información.

SIP califica de “graves implicaciones para la libertad de prensa” la legalización del espionaje

La Asamblea aprobó el martes pasado varias reformas al Código Procesal Penal para crear la figura de policías encubiertos digitales facultados para invadir la privacidad de los ciudadanos.

El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, expresó su preocupación por las consecuencias y graves implicancias para la libertad de prensa y dijo que se trata de medidas de represalia oficial contra el periodismo.

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