Gobierno propone ley de cuarentena con apertura a largo plazo

Mantiene envío a centros de confinamiento a quien infrinja. Deja discrecionalidad al ejecutivo de frenar las fases

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Ernesto Castro, secretario privado de Casa Presidencial entrega el proyecto a Mario Ponce, presidente de la Asamblea. Foto EDH / Cortesía Asamblea

Por Eugenia Velásquez / Ricardo Avelar / Enrique Miranda / Violeta Rivas

2020-05-22 6:30:13

El Gobierno presentó ayer en la Asamblea un nuevo proyecto de emergencia que contempla regulaciones a la cuarentena domiciliar y la apertura escalonada y a largo plazo de la economía después de 15 días de que la ley entre en vigencia. La iniciativa del Ejecutivo fue recibida por los diputados de la Comisión Política, quienes dijeron que será revisada este próximo lunes.

Sin embargo, abogados consultados sobre la propuesta del presidente Nayib Bukele resienten que si bien contiene mejoras en relación al decreto de emergencia que venció el 16 de mayo y resuelve algunas disposiciones dictadas por la Sala de lo Constitucional en torno a los decretos emitidos por el Gobierno, sigue manteniendo la parte sancionatoria para quienes incumplen la cuarentena de ser llevados a centros de detención sin que medie una evaluación médica que así lo disponga.

Además, observan que se le deja al Ejecutivo la potestad de decidir conforme a una medición que debería ser estrictamente sanitaria, la posibilidad de frenar la apertura de la economía y que no se establecen parámetros claros de rendición de cuentas de la ejecución de fondos públicos y de deuda para la emergencia como están definidos en la ley sanitaria integral que la Asamblea aprobó el lunes pasado.

“Las modificaciones que fueren pertinentes o necesarias a las fases de apertura gradual dispuestas en este decreto legislativo, deberán realizarse por el Órgano Ejecutivo por medio de sus respectivos ramos”, explica el artículo 4 sobre la “flexibilidad para las medidas y gradualidad previstas”.

El abogado constitucionalista, Enrique Anaya, apuntó que “poner en la ley que todo dependerá de la información que exclusivamente tiene el Gobierno no salimos de nada, si no hay datos confiables o desagregados, dejar abierta la posibilidad que todo depende del Ejecutivo sería excesivamente impredecible”.

El proyecto del Gobierno que fue presentado ayer por el secretario privado de la Presidencia, Ernesto Castro, define la apertura gradual de la economía en 4 fases. En cada una de ellas se define qué sectores de la economía podrán iniciar labores y cuáles no.

Castro pidió a los diputados sentarse a analizar el documento para lograr consenso, pero estos le piden al Gobierno en un pronunciamiento, que en vez de vetar la ley sanitaria que la Asamblea aprobó, Bukele les envíe sus observaciones para incorporarlas. El presidente de la Asamblea, Mario Ponce, del PCN, dijo que la iniciativa del Gobierno contiene el 80% del contenido de la ley sanitaria integral que los diputados avalaron.

La propuesta del Gobierno es que desde el día 16 hasta el día treinta de la entrada en vigencia de la ley se mantengan suspendidas las clases desde el nivel de parvularia hasta la universitarias y las actividades extracurriculares; el transporte público; los espectáculos y todo tipo de actos en donde haya aglomeración de personas; restaurantes (solo a domicilio), bares, cines, teatro, gimnasios, salones de belleza, entre otros negocios.

La cuarentena estricta durará 15 días para luego entrar a la fase 2 en la que ya podrá circular el transporte colectivo y los restaurantes podrán funcionar para servir en mesa. Este comprende desde el día 31 hasta el día 50 de la entrada en vigencia de la ley para mantener suspendidas las clases a nivel nacional desde la etapa inicial hasta la universitaria, todo espectáculo público y eventos deportivos, el transporte recreativo y turístico, ferias, fiestas patronales, cines, teatros, bares, discotecas. Los salones de belleza y peluquerías podrán operar sólo por citas.

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La etapa 3 está definida desde el día 51 hasta el día 70 de la entrada en vigencia de la ley para prohibir las clases a nivel nacional desde parvularia hasta la educación superior, los estadios de fútbol sólo podrán ser utilizados con un distanciamiento de dos metros; casinos, loterías y parques acuáticos se mantendrán cerrados.

Iniciada la fase tres se autorizará la apertura de las operaciones aeroportuarias para el tráfico de pasajeros internacionales, cumpliendo con los protocolos de sanidad emitidos por las autoridades de aeronáutica civil.

En la fase 4 se abre todo con la salvedad de que los patronos deben ajustar sus programas de Gestión de Prevención de Riesgos Ocupacionales a las medidas extraordinarias que establece la ley y que las personas trabajadoras mayores de 60 años de edad, mujeres embarazadas, y personas con enfermedades crónicas o degenerativas “no podrán verse afectados por no presentarse a sus lugares de trabajo”.

Javier Castro, director del Departamento de Estudios Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), explicó que la ley trae cosas positivas que también la normativa aprobada por los diputados detalla. “Algo positivo de ambas propuestas es que no se excluye cumplir la Lacap para compras públicas”, expresó Castro.

Sin embargo, Castro como el presidente de Acción Ciudadana, Humberto Sáenz y el director ejecutivo de esa organización, Eduardo Escobar, reiteran que la normativa del presidente Bukele sigue enviando a las personas a centros de contención solo por violar la cuarentena.

“Siempre está el enfoque no preventivo o sanitario de la cuarentena, sino un punitivo para quienes abandonen sin justa causa la cuarentena. Dice que si se hace la prueba y no resulta con síntomas, aún se puede enviar a un centro de contención, cuando lo que corresponde es enviarlo a la vivienda y establecer la sanción que regula el Código de Salud”, explicó Escobar. Saénz propone una multa económica.

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Humberto Saénz destaca como positivo que se aglutina en un solo cuerpo normativo toda la regulación pertinente que amerita la emergencia sanitaria; aunque para Escobar esto puede ser una estrategia del Gobierno para obligar a los diputados a aprobar todas las medidas juntas y que no dejen la cuarentena por fuera.

PROPUESTA DEL GOBIERNO DE APERTURA DE NEGOCIOS EN 4 FASES (DURA 4 MESES)

FASE 1

DESDE EL DÍA 16 HASTA EL DÍA TREINTA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTA LEY SE MANTENDRÁN SUSPENDIDAS LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:

  1. Las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares.
  2. Las actividades presenciales de educación superior.
  3. Los espectáculos y eventos deportivos públicos.
  4. El transporte recreativo y turístico.
  5. Ferias.
  6. Fiestas patronales.
  7. Espacios cerrados de atención al público de los restaurantes y cafetines; se mantiene abierto el servicio a domicilio y para llevar.
  8. Espacios abiertos de atención al público de los restaurantes y cafetines; se mantiene abierto el servicio a domicilio y para llevar.
  9. Iglesias y lugares de culto.
  10. Salas de recepciones.
  11. Museos y salas de exposiciones.
  12. Centros de convenciones.
  13. Cines y teatros.
  14. Establecimientos para deporte sin contacto, gimnasios.
  15. Piscinas.
  16. Salones de belleza, peluquerías y barberías, salvo la modalidad por citas.
  17. Establecimientos para deporte con contacto.
  18. Casinos y loterías.
  19. Parques acuáticos, zoológicos, turicentros y similares, en lo que respecta a la atención al público.
  20. Bares y Discotecas.

FASE 2

DESDE EL DÍA TREINTA Y UNO HASTA EL DÍA CINCUENTA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTA LEY, SE MANTIENEN SUSPENDIDAS:

  1. Las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares.
  2. Las actividades presenciales de educación superior.
  3. Los espectáculos y eventos deportivos públicos.
  4. El transporte recreativo y turístico.
  5. Ferias.
  6. Fiestas patronales.
  7. Salas de recepciones.
  8. Cines y teatros.
  9. Piscinas.
  10. Salones de belleza, peluquerías y barberías, salvo la modalidad por citas.
  11. Establecimientos para deporte con contacto.
  12. Casinos y loterías.
  13. Parques acuáticos, zoológicos, turicentros y similares, en lo que respecta a la atención al público.
  14. Bares y Discotecas.

FASE 3

DESDE EL DÍA CINCUENTA Y UNO HASTA EL DÍA SETENTA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTA LEY, SE MANTIENEN SUSPENDIDAS LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:

  1. Las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares.
  2. Los espectáculos y eventos deportivos públicos; excepto los estadios de fútbol, los cuales pueden ser utilizados con un distanciamiento de dos metros.
  3. El transporte recreativo y turístico.
  4. Ferias.
  5. Fiestas patronales.
  6. Cines y teatros.
  7. Piscinas.
  8. Establecimientos para deporte con contacto.
  9. Casinos y loterías.
  10. Parques acuáticos y turicentros, en lo que respecta a la atención al público.
  11. Discotecas.
  12. Iniciada la fase tres se autorizará la apertura de las operaciones aeroportuarias para el tráfico de pasajeros internacionales, cumpliendo con los protocolos de sanidad emitidos por las autoridades de aeronáutica civil.

FASE 4

COMPRENDE DESDE EL DÍA SETENTA Y UNO HASTA EL DÍA CIENTO VEINTE DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTA LEY.

  1. Lo dispuesto en los literales a) y b) de la Fase 1 regulado se mantendrá vigente para la duración de la Fase 4. (Mayores de 60 años, embarazados y grupos de riesgo continúan en casa y empresas deben seguir los protocolos de distanciamiento e higienización.
  2. El área del lugar de trabajo deberá ser, como mínimo 1.5 metros cuadrados por persona. Lo dispuesto en el presente decreto estará sujeto a reformas en virtud del comportamiento y riesgo epidemiológico que la pandemia presente.