¿Cuáles son los productos pirotécnicos prohibidos y cuál es la multa para quien viola la ley en El Salvador?

La ley restringe la fabricación, comercialización y tenencia de cierto tipo de pólvora, pese a ello algunos salvadoreños aún no acatan la orden estipulada en la normativa.

descripción de la imagen
Imagen de referencia. Foto/Archivo

Por Liseth Alas/ Evelia Hernández

2019-12-22 9:32:21

Aunque la venta de pólvora se incrementa durante la celebración de las fiestas de Navidad y fin de año, en El Salvador el uso de algunos productos pirotécnicos catalogados como de alta peligrosidad está restringido por la Ley Especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia, aprobada por la Asamblea Legislativa desde 2014.

Silbadores, buscaniguas, triángulo de la muerte, pelotitas de fútbol explosivo, destructor, mina del mar, bomba de mezcal y morteros mayores al número 5 son parte del listado de pirotécnicos prohibidos en la normativa, pero que algunas personas aún continúan fabricando, comercializando y adquiriendo de forma clandestina, indicaron las autoridades de gobierno que integran la Comisión Técnica, creada como parte de la ley y que es dirigida por el Ministerio de Defensa Nacional.

“Estos son los productos muy catrastóficos y causan daños que no pueden ser solo quemaduras, sino amputaciones de manos, más en los niños y adultos que son los que manejan estos productos prohibidos y que clandestinamente se comercializan”, señaló el director del Cuerpo de Bomberos, Edwin Chavarría.

La normativa establece en los artículos 39 y 40 las prohibiciones y multas para quienes la infringen. Las sanciones económicas van desde un salario mínimo mensual del sector comercio y servicio correspondiente a $304.17 hasta 10 veces esa cantidad (3,041.70), dependiendo si la falta es calificada como leve, grave o muy grave.

De esa manera, entre las faltas leves destaca el “vender producto pirotécnico de forma ambulante o en lugares no autorizados, por la autoridad competente”, cuya sanción equivale a un salario mínimo.

Una de las faltas graves es el “permitir que niñas, niños y adolescentes manipulen productos pirotécnicos sin la supervisión de una persona adulta”, la multa por incumplir es de cinco salarios mínimos mensuales correspondientes a $1,520.85.

Mientras, en la categoría de falta muy grave entra la “fabricación, almacenamiento, comercialización, importación, exportación e internación de los productos pirotécnicos conocidos como: silbadores, morteros superiores a los conocidos como número cinco, bombas de mezcal, fulminantes, buscaniguas, chispas del diablo, roquet chino, misil chino, triángulo de la muerte, mina de mar, pelotita de fútbol explosivo, destructor y botellita de champán y productos con efectos similares a los mencionados”.

La multa económica por cometer esa falta es de 10 salarios mínimos mensuales equivalentes a $3,041.70.

La División de Armas y Explosivos (DAE) de la Policía Nacional Civil (PNC), como parte de la Comisión Técnica, es la encargada de indagar sobre las infracciones a la ley y acompañar a las alcaldías en la supervisión de la venta de pólvora.

“De acuerdo con la gravedad de las faltas, la ley contempla días multas (económicas), y obviamente el decomiso del producto, arresto no se contempla. Una vez se concluye con todo los protocolos que establece la misma ley, que es levantar un acta de lo que se va a incautar, ponerlo a la orden del Ministerio de Defensa, dar aviso a Fiscalía, para que inicie el proceso de investigación“, explicó el jefe de la DAE, comisionado Américo Pereira, en declaraciones para elsalvador.com.

Pese a que, también, la regulación de la fabricación y comercialización de algunos tipos de pirotécnicos se comenzó a regir desde 2007 tras una reforma a Ley de Control y Regulación de Armas, Municiones, Explosivos y artículos similares, parece que a la fecha algunos salvadoreños no acatan aún la restricción, poniendo en riesgo su vida, pues datos recientes del Ministerio de Salud registran a varias personas quemadas, algunas de ellas con silbadores, buscaniguas y morteros.

Salud informó recientemente sobre 11 casos, de los cuales seis son niños menores de 9 años de edad, que se han registrado entre el 1 de noviembre y el 7 de diciembre.

Foto EDH / Archivo

“Hay un joven que sufrió un daño por pólvora prohibida, prácticamente la mano se la mutiló. Las lesiones por pólvora son lesiones mutilantes, son lesiones, en su mayoría por cohetes que están prohibidos “, explicó Alcides Gómez, jefe del Servicio de Cirugía Plástica del hospital Rosales, en declaraciones brindadas para El Diario de Hoy el pasado 16 de diciembre.

En esa ocasión, el médico lamentó que algunas personas no hagan conciencia sobre el daño severo que provoca la manipulación de pirotécnicos, a pesar de las campañas preventivas.

“La gente no logra comprender el daño que hace la pólvora, las autoridades no han logrado crear conciencia en los padres ante ese tipo de daño. Existe una ley que regula el uso de pólvora, pero nadie respeta. Entonces las personas quemadas por pólvora llegan con daños graves a cirugía plástica”, añadió.

Pereira manifestó que la DAE implementa su plan preventivo 2019 desde mediados de noviembre, pero que hasta el 19 de diciembre no habían detectado anormalidades en los comercios.

“Como División de Armas y Explosivos aún no tenemos abierto algún expediente al respecto, probablemente las delegaciones a nivel nacional podrán tener algún tipo de hecho”, aclaró.

“Casi siempre, por experiencia de otros años, los decomisos comienzan por el 22 o 23 de diciembre cuando ya la venta del producto tiene más demanda, suele pasar que hay gente que establece puntos de venta no autorizados o comienzan a vender el tipo de producto prohibido”, expresó.

Agregó que el personal policial desarrolla visitas a los puestos de venta de pólvora, para verificar si cumplen con los requisitos de ley y evitar que se esté comercializando los productos prohibidos.

El director de Bomberos explicó que el rol del personal de la institución dentro de la ley es preventivo y entre sus funciones están emitir las certificaciones de cumplimiento de las medidas de seguridad contra incendios y accidentes en los lugares donde se fábrica, almacena y comercializan los pirotécnicos.

“Nosotros solo somos nada más un ente verificador, tomamos medidas de inspección del lugar, pero ya no podemos contra el comercializante, no tenemos acción directa que la ley nos permita, le corresponde a las alcaldías y al Ministerio de Defensa”, afirmó.

Durante la temporada de Navidad y fin de año han sido habilitados 27 puntos en el país, de los que solo los ubicados en los departamentos de San Vicente, Usulután y Cuscatlán no cumplían con los requisitos, puntualizó.

Pereira recomendó a la ciudadanía que si pretende manipular pólvora durante estas fiestas se tomen las medidas preventivas del caso o “lo ideal es mejor no hacerlo”, para evitar incidentes.