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Cristosal pide declarar ilegal la figura del agente encubierto digital

La Constitución en el artículo 24 establece que la intervención a las telecomunicaciones solo puede ser autorizada por orden judicial, señala la asociación.

Por David Marroquín | Mar 17, 2022- 12:04

Foto EDH David Marroquín

La asociación pro defensa de los derechos humanos, Cristosal pidió este jueves a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declare inconstitucional la figura del agente encubierto digital que fue aprobada el uno de febrero pasado por la Asamblea Legislativa.

Después de más de un mes de haberse aprobado, esa reforma a la legislación procesal penal fue publicada en el Diario Oficial y su vigencia comenzará la próxima semana.

“Se viola la Constitución (de la República) al permitir el uso del agente encubierto digital en una ley de carácter general, dado que la Carta Magna refiere que esta operación solo puede habilitarse en una ley especial y bajo autorización judicial, ante la inminente vulneración al derecho a la intimidad”, dijo Ruth López , representante de Cristosal.

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La reforma penal que le da facultades a la Fiscalía General para que pueda autorizar a los agentes encubiertos digitales contraviene el artículo 24 de la Constitución que establece que la intervención a las telecomunicaciones solo puede ser autorizada por orden judicial.

“Que se debe de tener un límite para la intervención de las telecomunicaciones. Cuando se autoriza los agentes digitales, éstos agentes pueden utilizar diferentes mecanismos para intervenir, para participar de una comunicación”, dijo López.

Aclaró que en nunca momento se oponen a una investigación digital que tenga que hacer la Policía Nacional Civil y la Fiscalía General de la República, pero “tratamos de llamar la atención con el irrespeto a los derechos humanos y sobre a la intimidad de la ciudadanía”.

López dijo que demandan además que no se aplique la reforma de manera temporal, hasta que haya una sentencia de la Sala de lo Constitucional.

En caso de que no sea suspendida, entonces piden a la referida Sala que le ordene a la Fiscalía General que en todas las investigaciones en las que se usen operaciones digitales encubiertas se solicite la autorización judicial para que no se pueda contaminar las pruebas en un proceso penal contra los ciudadanos.

“El problema fundamental no solo es de carácter procesal, es decir, por la contaminación de los procesos que se puedan dar, sino por el abuso que se pueda hacer de este mecanismo para la intervención en las telecomunicaciones”, explicó López.

Abogada señala que podría legalizar el espionaje
Ruth López aseguró que este tipo de mecanismo se podría utilizar para “legalizar” el espionaje a sectores opositores o críticos del actual régimen.

“Precisamente porque es necesario las limitaciones para los cuales se puede utilizar este tipo de mecanismos. Con mayor razón, como una constante a la vulneración de los derechos, en este caso, de un grupo particular de los periodistas y de los defensores de derechos humanos, también sería relevante que la Sala de lo Constitucional se pronunciara de una manera muy rápida sobre este tipo de intervenciones”, dijo López.

La reforma al Código Procesal Penal que permite la figura del agente encubierto digital fue aprobada el 1 de febrero pasado, por la bancada de Bukele, los diputados de Nuevas Ideas.

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