Prohibido traslado de magistrados de CSJ a Sala de lo Constitucional, argumenta abogado

Ese es el argumento de abogado que pidió que se declare ilegal nombramientos de Óscar López Jerez y de magistrada.

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Óscar López Jerez fue impuesto como presidente de la CSJ por los diputados oficialistas, el uno de mayo y ratificado el 30 de junio pasado. Foto EDH archivo

Por David Marroquín

2021-07-07 6:42:43

El abogado Herbert Danilo Vega pidió la inconstitucionalidad de los nombramientos de los abogados Óscar López Jerez y Elsy Dueñas de Avilés como magistrados de la Sala de lo Constitucional por considerar que no se pueden trasladar magistrados de otras Salas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a la Sala de lo Constitucional.

Vega argumenta que la Asamblea Legislativa violentó el artículo 186 inciso segundo de la Carta Magna al designar a López Jerez como presidente de la Sala de lo Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia; y a Dueñas Lobo como magistrada de la Sala de lo Constitucional.

VER: Reelección de magistrado López Jerez es una señal negativa ante EE.UU., afirma diputado Portillo Cuadra

“La Asamblea Legislativa ha violado el Principio de Legitimidad popular Democrática Indirecta de elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, establecido en el art. 186 inc. 2º., relacionado con los arts. 83 y 85 Cn.”, señala la demanda.

Agrega que los diputados oficialistas y sus aliados eligieron en un mismo período legislativo “dos veces magistrados de la Corte Suprema, la primera el 1 de mayo de 2021. Eligieron dos veces magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia, del Órgano Judicial y de la Sala de lo Constitucional, designando al abogado Óscar Alberto López Jerez”.

Señala además que trasladaron al “magistrado Óscar Alberto López Jerez como magistrado presidente de la Sala de lo Civil, a presidente de la Sala de lo Constitucional, así como a la magistrada de la Sala de lo Contencioso Administrativo Elsy Dueñas de Avilés como magistrada de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, lo cual viola la Constitución”.

Vega fundamenta su demanda en la sentencia de la Sala de lo Constitucional del 5 de junio de 2012 que señala que está prohibido por la Constitución “trasladar magistrados de la Sala de lo Constitucional a otras Salas de la Corte Suprema, así como también trasladar magistrados de otras Sala de la Corte a la Sala de lo Constitucional”.

Y en especial “está prohibido por la Constitución nombrar como presidente de la Sala de lo Constitucional, del Órgano Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, a magistrados de otras Salas de la Corte Suprema de Justicia”, señala.

Recordó que la elección de los magistrados de la Sala de lo Constitucional y el presidente de dicha Sala y del Órgano Judicial debe de escogerse de una lista de abogados, previamente seleccionados por el Consejo Nacional de la Judicatura y de la elecciones de las Asociaciones de Abogados pertenecientes a la Federación de Abogados.

Similar situación es con la elección Dueñas de Avilés como magistrada de la Sala de lo Constitucional.

“No fueron elegidos de la lista de abogados, propuestos por CNJ y de Fedaes. Hay que aclarar que destituir magistrados de la Sala de lo Constitucional, en forma arbitraria y antojadiza, para elegir nuevos magistrados de la misma Sala, de la lista de abogados propuesta por el CNJ y de la Federación de Abogados, tampoco lo permite la Constitución”, argumentó el abogado Vega.