Personas que mueran por coronavirus no podrán ser velados, estos son los lineamientos que debe aplicar Medicina Legal

Los cadáveres serán colocados en bolsas negras y el ataúd sellado.

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Las autoridades no han informado de algún caso positivo hasta este martes 10 de marzo. Foto EDH/ Jessica Orellana

Por Nancy Hernández

2020-03-13 5:30:18

El Instituto de Medicina Legal deberá de aplicar los lineamientos internacionales aprobados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) para el manejo, traslado y disposición final de cadáveres por coronavirus, según aprobó ayer la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

“El personal técnico, pericial y administrativo del Instituto de Medicina Legal deberá atender los lineamientos creados para el manejo, traslado y disposición final de cadáveres por coronavirus (COVID-19), tales lineamientos aprobados por la Organización Mundial de Salud OMS, la Organización Panamericana de la Salud OPS, Centro de Control y Prevención de Enfermedades, CDC de Atlanta, para el resguardo de la salud de todos los colaboradores del referido Instituto”, se lee en el comunicado de prensa emitido por la institución.

Las indicaciones se dieron después que el Gobierno decretara una cuarentena por 21 días como medida de prevención para evitar los contagios por el virus. También es de tener en cuenta que este viernes el Ejecutivo decretó alerta roja a nivel nacional y llamó a los parlamentarios a aprobar el Estado de Excepción.

Según el Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante el coronavirus (2019 – nCov), las autoridades sanitarias y legales deben de definir el procedimiento para el manejo de cadáveres a nivel institucional comunitario, así como de forma individual como masivo, esto según la evolución de la alerta pandémica.

En primero lugar se debe de notificar de forma inmediata a la Dirección de Vigilancia Sanitaria de muerte confirmada por laboratorio a través de resumen preliminar del caso. También se deberá de tomar una muestra anátomo-patológica si existe la capacidad en el establecimiento, además de enviar una copia de expediente clínico foliado por cada uno de los establecimientos donde el paciente fue atendido, incluyendo exámenes de laboratorio y radiografías de tórax, este documento deberá de hacerse llegar en las primeras 24 horas después de la muerte.

En caso de muerte comunitaria iniciar la investigación de campo y remitir el informe correspondiente. Al contar con toda la documentación necesaria, será el comité nacional quien auditará, para lo cual procederá a revisar la evolución clínica y el manejo del paciente, apoyándose en resultados de laboratorio y gabinete, quienes deliberarán de acuerdo a la experticia para determinar las conclusiones y recomendaciones emitiendo un informe/acta escrito para las autoridades del Ministerio de Salud.

Disposiciones generales para el manejo de cadáveres

Aunque se considera que los cadáveres, cuya causa de fallecimiento es un virus respiratorio con potencial pandémico no representan un riesgo de infección por las costumbres de la población se establece que deben manejarse y transportarse en bolsas plásticas negras y ataúdes sellados, estos deberán ser proporcionados por los familiares del fallecido.

También el entierro de la persona debe de ser inmediato, no se permite la conservación de los cadáveres, preparación ni velación del mismo. Además, se deben de colocar tapones de algodón impregnado con hipoclorito de sodio al 0.05 % en los orificios naturales del rostro como nariz, boca y oídos. Además, cuando el cadáver esté dentro de las bolsas negras debe de advertirse con signos de riesgo biológico.

Este documento también dice que en caso de sobrepasar la capacidad de las morgues se deberá de coordinar con la Fiscalía General de la República y el Instituto de Medicina Legal entierros en colectivo, pero los lugares deben de estar identificados y aprobados por las autoridades de Salud.

¿Qué pasa si una persona contagiada con coronavirus muere en un establecimiento de salud? 

El manejos de los cadáveres deben de garantizar reducir los niveles de transmisión de la enfermedad, no producir contaminaciones indeseadas, debe de ser llevado por personas profesionales y capacitadas en el área que cumplan con las medidas bio-seguridad, higiene de lavado de manos, facial y uso de equipo de protección personal.

El Plan contempla las siguientes acciones para reducir el riesgo sanitario en el personal de salud y funerario:

Mantener íntegro el cadáver y limitar su manipulación, desinfectar pisos, paredes, insumos de limpieza y vestimenta reutilizable. También, el personal involucrado en la manipulación de un cadáver debe de usar, de acuerdo al riesgo del nivel de bioseguridad del virus el equipo de protección personal más adecuado.

Por último, queda el lavado de manos antes y después de manipular el cadáver y la colocación del mismo en un lugar ventilado.

En Italia, donde se han reportado personas muertas por la pandemia los funerales de las víctimas han sido prohibidos, incluso el Ministerio de Sanidad de España recomendó no hacer autopsias a los infectados por coronavirus para evitar un contagio.

Al contrario de Italia, los españoles no han prohibido los funerales, pero la gente no va por temor al contagio.

Proceso administrativo

Según el Instituto de Medicina Legal, el médico encargado de dar la atención debe de llenar el certificado de defunción en forma completa. Cuando se haya dado el deceso del paciente se va a entregar a la familia el certificado de defunción para los tramites municipales y solicitará el nombre del lugar donde será enterrado.

En el momento del entierro, el cadáver será trasladado en un vehículo del Ministerio de Salud y debe de tener custodia policial y de personal de saneamiento del Minsal. El vehículo debe de ser desinfectado con hipoclorito de sodio 0.05 %.

Cuando muera una persona y no sea reclamado por familiares se deberá enterrar en un lugar designado por el Minsal y anotar las características del fallecido para levantar el acta de defunción.