Sala ordena al Gobierno repatriar a salvadoreños varados en el exterior

Se debe hacer de forma gradual y priorizar los casos más urgentes; además se deberán de cumplir con los protocolos sanitarios. Magistrados constitucionalsitas dan seis días a Bukele para que informe el avance del plan de acción requerido.

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Los salvadoreños que retornaron a partir del 11 de marzo pasado del exterior fueron obligados a cumplir con la cuarentena de treinta días en albergues. Foto EDH Archivo

Por David Marroquín

2020-04-08 10:15:52

El gobierno salvadoreño deberá elaborar un plan urgente para la repatriación de los 4,500 compatriotas que se encuentran varados en varios países, a raíz de que el aeropuerto internacional Monseñor Óscar Arnulfo Romero en Comalapa, se encuentra cerrado como parte de las medidas preventivas de la pandemia Covid 19, según lo ordenó ayer la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El plan debe de ser gradual, se debe de priorizar los casos más urgentes y que los repatriados cumplan con la cuarentena sanitaria al llegar al país.

Lo anterior está plasmado en la admisión de la demanda de amparo que puso un grupo de salvadoreños que se encuentran en espera en distintos países.

“Dicho plan tendrá que incluir criterios objetivos a efecto de priorizar el regreso escalonado de aquellos salvadoreños que se encuentren en una situación de mayor vulnerabilidad o de urgente necesidad personal o respecto de terceros, por lo que debe realizarse cuanto antes -si no se posee- un registro o base de datos de los connacionales que se encuentren en esas circunstancias y establecer prelaciones de retorno”, señala la resolución.

Entre las personas a quienes se les debe de priorizar su retorno se encuentran los adultos mayores y de condición de salud vulnerable; salvadoreñas embarazadas o en período de lactancia, padres de familia que están sin sus hijos menores de edad y que dependen de ellos, y las personas que las autoridades gubernamentales determinen, que están en una mayor situación de vulnerabilidad o de urgente necesidad de repatriación.

En ese sentido, las autoridades gubernamentales deberán de realizar en el menor tiempo posible, un registro o base de datos, si no se posee, de los salvadoreños que se encuentran en esas circunstancias.

El presidente Nayib Bukele y las autoridades de Salud Pública deben tener en cuenta -al momento de ser repatriados, la capacidad instalada de los Centros de Contención para que los retornados puedan cumplir con la cuarentena (si es lo que las autoridades de salud determinan procedente) en condiciones dignas y adecuadas en los albergues.

La Sala le ordena al presidente Bukele enviar un informe en el plazo de seis días calendario, a partir de la notificación de la resolución, sobre el cumplimiento de la referida medida cautelar (plan de repatriación).

El informe debe tener el contenido del plan de acción, las autoridades que estarán involucradas en la elaboración y ejecución del plan, y los tiempos en los que deberá de informar sobre los avances de las gestiones de la repatriación de los salvadoreños en situación de vulnerabilidad o de urgente necesidad de reingreso al país.

Los magistrados constitucionalistas rechazaron la medida que pedían los demandantes con relación a que se abriera de inmediato el aeropuerto internacional Monseñor Óscar Arnulfo Romero en Comalapa, porque se debe de priorizar el derecho a la salud en el país.

El presidente Nayib Bukele descartó la noche del lunes pasado la repatriación de unos 4,500 salvadoreños que se encuentran en distintos países y que no lograron viajar al país por el cierre del aeropuerto de Comalapa.

Reconoció que el gobierno no había la capacidad suficiente en los 104 albergues en los que se atienden a más de 6,000 personas que cumplen con la cuarentena de treinta días.