Impedir el ingreso de salvadoreños es inconstitucional, dicen abogados

El artículo 5 de la Carta Magna es claro en que no se podrá prohibir la entrada al territorio a los salvadoreños.

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Los abogados Rubén Zamora y Enrique Anaya, señalan que el presidente no puede eventualmente dejar varados en el exterior a salvadoreños.

Por M. Fonseca/L. Alas/E. Hernández/Mario González

2020-12-20 10:00:09

Sin subestimar los peligros que puede encerrar una nueva cepa del COVID-19, dos destacados abogados constitucionalistas le recordaron al gobierno de Nayib Bukele que la Constitución le prohíbe impedir el ingreso de salvadoreños. Esto mismo ya se lo prohibió la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema en septiembre pasado en una sentencia.

Los abogados Rubén Zamora y Enrique Anaya no dudan en señalar que el presidente Bukele no puede eventualmente dejar varados en el exterior a salvadoreños que provengan de Europa, por lo que le recomiendan buscar otros mecanismos sanitarios legales.

En primer lugar, dice Anaya, una decisión de este tipo debe emanar de autoridades en la materia, con medidas razonables y bien fundadas, y “no depender del humor del presidente”. “En todo caso, una vez emitida una resolución, la prohibición de ingreso no puede comprender a los salvadoreños… Se pueden establecer medidas como cuarentenas en la casa o exámenes, pero es inconstitucional impedir el ingreso de salvadoreños y dejarlos en el limbo”, remarcó el abogado, miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional.

“No puede ser que por la voluntad arbitraria y unilateral del gobernante de turno se afecte a los salvadoreños”, enfatizó.

Por su parte, el abogado Rubén Zamora subrayó que “los salvadoreños tienen derecho a ingresar. No pueden impedirles la entrada”.
“Él (Bukele) no tiene autoridad (para esta clase de decisiones). Sólo la Asamblea”, explicó.

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El artículo 5 dice que “no se podrá expatriar a ningún salvadoreño, ni prohibírsele la entrada en el territorio de la República, ni negársele pasaporte para su regreso u otros documentos de identificación”.

Los salvadoreños y extranjeros residentes pueden entrar al país y, si la autoridad médica especializada lo decide, meterlos a cuarentena, sin caer en las arbitrariedades y las ilegalidades que fueron denunciadas en el confinamiento y que la Sala de lo Constitucional repudió, coincidieron los profesionales.

Impedir en este momento el ingreso de salvadoreños no sólo viola la Constitución, sino también las sentencias de la Sala en ese sentido, advirtieron.

El Salvador se ha sumado a la lista de países que prohíben la entrada de vuelos proveniente del Reino Unido y Sudáfrica por la aparición de una nueva cepa del COVID-19.

Según informó el presidente Bukele, la prohibición incluye a personas que hayan estado en esos países en los últimos 30 días. Aún se desconoce el tiempo de duración de la restricción.

A los viajeros que se les prohíbe el ingreso es a los procedentes de Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte.

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El pasado septiembre, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) determinó que “ninguna autoridad puede negar la entrada al territorio a los salvadoreños a su arribo al Aeropuerto Internacional San Óscar Arnulfo Romero y Galdámez, o a cualquier otro punto autorizado de ingreso del exterior”. Lo anterior se debió a que las autoridades migratorias exigían la prueba PCR a los recién llegados al territorio nacional.

Los magistrados de la Sala también advirtieron que “la prohibición de ingreso de salvadoreños y extranjeros residentes definitivos en los términos explicados, en caso de materializarse, incumpliría una medida cautelar y, por lo tanto, no tendrá ningún efecto”.