Una ciudadana acudió a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para pedir que declare ilegal e inconstitucional los “pequeños estados de excepción o de limitación de los derechos constitucionales por las alcaldías que los han impuesto de forma arbitraria”.
Señala la demandante que las autoridades municipales necesitan, según el artículo 29 de la Constitución, “una autorización emanada y fundamentada a través de una Ley formal de la Asamblea Legislativa”.
La petición está plasmada en un recurso de Hábeas Corpus que presentó la demandante a favor de los habitantes de los municipios de San Salvador, Apopa, Colón, Santa Cruz Michapa, San Pedro Masahuat, Ayutuxtepeque, Nuevo Cuscatlán, Metapán, Ozatlán, Nombre de Jesús, Santa Isabel Ishuatán, y Puerto El Triunfo.
Dicha demanda contó con el apoyo y asesoría jurídica de Human Rights International Federation.
La demandante argumenta que las autoridades de esos municipios ordenaron la restricción de la libertad de tránsito en horas y días específicos por clasificación de sexo, toque de queda; bajo amenazas de ser detenidos sino cumplen con esas disposiciones.
Demanda de la Sala de lo Constitucional que “proteja el derecho a la libertad humana ambulatoria y la libre circulación; derechos que están protegidos en los artículos 2,4,5, 10 de la Constitución; así como en los artículos 7 y 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.
La demandante argumenta que esos cercos “sanitarios” fueron publicados vía Twitter, casi en la misma fecha después de que el presidente Nayib Bukele ordenara la restricción del libre tránsito a través de su cuenta de esa red social. Además se basa en el decreto ejecutivo #19 y no en una ley formal.
“Eliminan el derecho a la libre circulación y la libertad humana, pues se remitirán a la Policía Nacional Civil”, señala la demandante.
Sostiene que se trata de justificar con esos cordones “una situación sanitaria inexistente en cada municipio, además no participa en ningún momento, personal médico ni de enfermería, sino que solo militares y policías”.
Además de los alcaldes de los referidos municipios, el hábeas corpus fue presentado en contra del Presidente de la República por haber dado la orden, y del Ministro de Defensa y el Director de la Policía, por amenazar con privar de libertad a los supuestos infractores de los cordones.
Por otra parte, el fiscal general, Raúl Melara, se reunió esta mañana con dirigentes del Colegio Médico como parte de las investigaciones sobre los cercos que el gobierno ha llamado sanitarios en distintos municipios del país.
El presidente del Colegio Médico, Nelson Brizuela, aseguró el lunes pasado que los cercos sanitarios deben de estar sustentados con criterios de vigilancia epidemiológica y suprevisados por personal técnico del Ministerio de Salud Pública.
“No estamos en contra de los cercos sanitarios, sino que estos deben de realizar con base a cómo se desarrolla la enfermedad y lo que los técnicos dispongan”, dijo Brizuela.
Agregó que “los cercos sanitarios tienen una justificación epidemiológica, y además, tienen que ser dirigidos por el equipo de salud, para detectar y controlar la circulación del virus”.