Conozca las nuevas medidas de restricción que el Gobierno ha dictado para contener la propagación del coronavirus en El Salvador

El razonamiento del gobierno es que son "medidas extraordinarias de prevención y contención para declarar el territorio nacional como zona sujeta a control sanitario".

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Foto EDH / Jorge Reyes

Por Eugenia Velásquez

2020-04-14 12:44:32

En el decreto ejecutivo número 19 emitido el lunes por la noche por el gobierno se enumeran las medidas extraordinarias de prevención y contención del coronavirus COVID-19 en el país.

Éstas serían las nuevas medidas dictadas por el gobierno:

– Toda la población deberá mantenerse en resguardo domiciliar obligatorio.

– Toda persona que incumpla con la cuarentena domiciliar sin justificación alguna, “y que luego de haber sido evaluada por el personal médico se catalogue como caso sospechoso deberá guardar cuarentena controlada por treinta días, en tanto no se confirme o descarte la presencia de COVID-19, a través de la prueba PCR respectiva, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa o penal respectiva”.

– En caso de que el ciudadano lo encuentren violando la cuarentena conduciendo un vehículo, “éste deberá remitirse para someterse a un proceso de desinfección y quedará en depósito en los lugares” que el Viceministerio de Transporte designe para ese fin. Además, el ciudadano deberá pagar por el tiempo que permanezca su carro en resguardo por parte del gobierno.

– Toda persona deberá limitar su circulación en lugares clasificados como cordones sanitarios.

Toda persona está obligada a permitir el ingreso de los delegados del Ministerio de Salud, debidamente identificados, para la evaluación de medidas sanitarias a adoptar para el combate de la pandemia.

– Toda persona que haya estado presente o provenga de un país extranjero durante 30 días anteriores al arribo a El Salvador, “representa un peligro para la Salud Pública no podrá ingresar al territorio nacional, salvo que se trate de salvadoreños por nacimiento o naturalización, residentes, miembros de misiones diplomáticas y de oficina consular acreditados en el país, así como miembros de sus familias, quienes deberán someterse a la evaluación médica del personal de la Oficina Sanitaria Internacional (OSI), para determinar las medidas sanitarias a las que deberán someterse.

– Todas las personas que sí cuentan con autorización para circular en el territorio deberán portar obligatoriamente mascarilla.

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