Comisión de antejuicio pide desaforar a Norman Quijano, pese a que abogados dicen que no le compete a la Asamblea

El acuerdo pasará a discusión del pleno legislativo, quien en sesión especial decidirá si retira o no el fuero del diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen).

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La comisión de antejucio contra Norman Quijano pidió el desafuero del diputado del Parlacen. Foto: Imagen de carácter ilustrativa y no comercial/ https://twitter.com/AsambleaSV/status/1469365451390074883

Por Liseth Alas/ Milton Rodríguez

2021-12-10 1:55:33

La comisión especial de antejuicio contra Norman Quijano pidió este viernes desaforar al diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), pese a que abogados han manifestado que el procedimiento no es facultad de la Asamblea Legislativa.

Los legisladores de Nuevas Ideas aceptaron las pruebas testimoniales y el material plasmado en un video con los que sostuvieron que ha lugar a causa que se le elimine la inmunidad a Quijano, para que prosiga un antiguo proceso judicial contra él por supuestas negociaciones con pandilleros, que el diputado ha descartado que hubieran ocurrido.

La comisión especial emitió "un dictamen único para declarar que hay lugar a formación de causa en contra del diputado del Parlamento Centroamericano", según la petición que fue votada.

El legislador oficialista, Raúl Castillo, quien funge como presidente de la comisión, dijo que remitirán una solicitud a la Junta Directiva de la Asamblea para que establezca la fecha en que se desarrollará la plenaria especial, donde determinarán si retiran o no el fuero al funcionario.

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La Fiscalía acusa a Quijano de agrupaciones ilícitas y fraude electoral por presuntas negociaciones con pandillas en 2014 cuando él se postuló a la presidencia.

La abogada de Quijano, Dora Ruíz, consideró "que en la prueba documental y testimonial ofertada por los fiscales no son suficientes los hechos notorios, como se han mencionado, para poder vincular indicios mínimos de participación sobre ilícitos penales de agrupaciones ilícitas y fraude electoral".

Asamblea no tiene competencia

Abogados han reafirmado que la Asamblea Legislativa no tiene competencia para desaforar a diputados del Parlacen tras reforma de 2008 al Tratado Constitutivo y del Reglamento Interno de esa entidad que entró en vigencia en 2015.

Diputados oficialistas han alegado que el proceso de desafuero es una potestad que la Constitución de la República otorga a la Asamblea Legislativa, mientras, el presidente Nayib Bukele se ha basado que ya hay un antecedente en el país sobre el antejuicio a un funcionario del Parlacen en 2006.

“Una vez más este procedimiento se los van a volver a anular porque el que hizo el requerimiento fiscal o lo asesoró no se dio cuenta de la reforma del 2008 (Tratado Constitutivo del Parlacen) y volvió a meter otra ilegalidad más a esta situación”, dijo el diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, durante la plenaria del 3 de noviembre, fecha en que se constituyó la comisión especial.

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El también abogado lo que sugirió al pleno legislativo en esa ocasión que "lo correcto es que el señor presidente de la Asamblea (Ernesto Castro) remita este requerimiento del fiscal al Parlacen y que sean diputados que no tiene un interés político que juzguen si ha lugar a formación de causa o no. Entonces si van a proceder en contra de él". No obstante, su opinión fue ignorada.

"El Parlamento Centroamericano en su Tratado Constitutivo habla que la petición de antejuicio debe ser ante este organismo", indicó en su momento el diputado del Parlacen, Ricardo Calderón Lam, del PCN.

Calderón recordó que "El Salvador ha firmado acuerdos de manera internacional", los cuales menciona deben cumplirse.

La abogada penalista Marcela Galeas sostuvo en ese entonces que “el procedimiento para retirar inmunidad de un diputado del Parlacen le corresponde a dicho organismo, no a la Asamblea". La experta recomendó leer el Tratado Constitutivo del ente, cuya sede central se encuentra en Guatemala.

Galeas ahondó en el tema y dijo que “la contradicción no es entre instrumentos legales, sino intelectual, la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados en su sección 1ª sobre observancia de los tratados y aplicación del Pacta sunt servanda en relación con la Constitución de Articulo 89 y 144 es clara”.

En ese sentido opinó que “no es posible alegar el incumplimiento del Derecho interno, incluida la Constitución, como justificación para no cumplir una norma de Derecho Internacional, sobre todo viniendo de legisladores”.

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