Ministro de Seguridad presenta reforma al Código Penal para que delitos de corrupción no prescriban

Gustavo Villatoro señaló que la iniciativa de reforma al artículo 32 es retroactiva a los últimos 30 años.

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Gustavo Villatoro, Ministro de Seguridad, entrega proyecto de reforma al Código Penal, a Ernestro Castro, presidente de la Asamblea. Foto Cortesía

Por Xiomara Alfaro - Milton Rodríguez

2021-07-27 2:30:08

El Ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, presentó ante la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa una iniciativa de reforma al Código Procesal Penal para que los delitos de corrupción no prescriban.

La propuesta originada desde la Presidencia  consiste en modificar el artículo 32 de esta normativa el cual establece la prescriptibilidad de estos hechos después de 10 años de cometidos.

Villatoro señaló que la reforma presentada es retroactiva lo que daría paso a que tanto personas que hayan cometido delitos de corrupción en el pasado como los que lo cometan en el presente y futuro podrán ser investigados.

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Villatoro explicó además que no solo implica la imprescriptibilidad de delitos de funcionarios públicos, sino también de particulares que colaboraron con la corrupción.

"Incorporamos todos los delitos del título XVI, capítulo II y III, que comprende todos los delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos; y el III, donde los particulares son los que corrompen a los funcionarios públicos", dijo el jefe ministerial.

La iniciativa fue recibida por el presidente de la Asamblea Ernesto Castro, quien aseguró que esta reforma busca cumplir con el compromiso de combatir la corrupción de una manera frontal y efectiva, y agregó que incluye a los funcionarios públicos de los últimos 30 años.

¿Qué dicen juristas?

El abogado constitucionalista, Francisco Betrand Galindo, destacó que regresar al pasado sería inconstitucional.
"Una reforma de este tipo sería inconstitucional. El que le ponga la pena y que lo declare imprescriptible de aquí a futuro no hay ningún problema, pero que puedan regresar al pasado eso si sería inconstitucional", dijo.

En ese mimo sentido opinó el presidente de Fundación DTJ, José Marinero, quien expuso que contraviene otros artículos de la Carta Magna.

"Sobre la retroactividad, yo creo que está clarísimo que esta reforma contraviene los artículos 15 y 21 de la Constitución, ellos ya lo saben, creo que esa es una discusión que no hace falta tener, ya lo saben que esta disposición no puede ser aplicada a los hechos sucedidos en el pasado, que es una discusión en este momento casi inoficiosa porque no hay un tribunal constitucional independiente que pueda resolver una posible controversia con esa Ley", explicó.