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Centro Histórico con regulación de uso de suelos y comerciales compartidos

Los negocios de más de una actividad comercial deberán solicitar su permiso de funcionamiento a la APLAN.

Por Jessica García | Jun 16, 2025 - 06:00

La normativa obliga a asegurar la correcta distribución del inmueble cumpliendo con normas de seguridad estructural y contra incendios, entre otras. 
Foto EDH/Emerson Del Cid
La normativa obliga a asegurar la correcta distribución del inmueble cumpliendo con normas de seguridad estructural y contra incendios, entre otras. Foto EDH/Emerson Del Cid

Las disposiciones fueron publicadas en la edición del 27 de mayo y tienen por fin establecer los criterios técnicos y disposiciones regulatorias para el uso mixto y diversificado del suelo en el Centro Histórico de San Salvador.

"Con el fin de promover un desarrollo urbano ordenado, sostenible e inclusivo, que preserve la identidad patrimonial y cultural, dinamice la economía del área delimitada, fortalezca su consolidación como espacio urbano, turístico, artístico, cultural y social de referencia nacional e internacional, y que garantice la protección de su entorno urbano inmediato", determina la normativa.

Para el uso, la APLAN se regirá en cuatro ofertas: La primera es la comercial, o sea, el conjunto de productos, servicios, formatos, estilos de atención, identidad temática y modalidades operativas que caracterizan al establecimiento.

La otra es la comercial similar, que es aquella en la que dos o más establecimientos, dentro de un área determinada, ofrecen productos o servicios pertenecientes a la misma categoría económica o segmento de mercado.

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También, la comercial diversificada, referente a cuando se presenta una diferenciación clara respecto a otros negocios del entorno, ya sea por su propuesta de valor, tipo de público objetivo, método de operación o contenido cultural o patrimonial, que contribuyan a la vitalidad económica, la inclusión social, la sostenibilidad urbana y el fortalecimiento de la identidad cultural del Centro Histórico.

La APLAN también podrá catalogar a comercios como "invasivos" si por su actividad económica, por su localización, modalidad de operación o volumen "interrumpa, altere o deteriore el equilibrio de un espacio urbano, afectando negativamente el orden del espacio público, la movilidad urbana, la imagen patrimonial o la vocación cultural y turística del Centro Histórico".

Los comercios invasivos también son para la APLAN los que hagan ocupación indebida de aceras, plazas, bienes de dominio público o fachadas protegidas.

El apartado de los parámetros técnicos determina que la evaluación de concentración de negocios con oferta comercial similar tomará en cuenta el nivel de cercanía del nuevo establecimiento respecto a otros con oferta comercial similar y la ubicación específica de los inmuebles circundantes.

La disposición de la APLAN expone que se contabilizarán los negocios con ofertas comerciales instalados en el radio de análisis; si la nueva oferta propuesta pertenece a una homogénea significativa en el sector; aspectos como infraestructura disponible, presión sobre el espacio público, movilidad peatonal y vehicular, y convivencia con otros usos.

A su vez, la APLAN evaluará si la nueva oferta comercial introduce innovación, valor agregado en términos turísticos, artísticos, culturales o patrimoniales.

"Se evaluará que el establecimiento propuesto no promueva, directa o indirectamente, el comercio invasivo, ni genere externalidades negativas que afecten el espacio público, la movilidad peatonal y vehicular, o la integridad del entorno patrimonial", enfatizan los parámetros.

Zonas de amortiguamiento patrimonial

Las disposiciones emitidas señalan que cuando un proyecto o establecimiento se ubique dentro del área de influencia inmediata de un hito urbano y patrimonial o conjunto protegido, la Autoridad deberá evaluar su compatibilidad urbanística, cultural, visual y funcional con el entorno patrimonial.

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Conjuntos comerciales

La APLAN también emitió disposiciones especiales para conjuntos comerciales del Centro Histórico.

Según las disposiciones emitidas, se busca clasificar como conjuntos comerciales a aquellos inmuebles que albergan múltiples unidades comerciales. Este concepto no será aplicable a Ios centros comerciales.

A los propietarios de estos espacios, la APLAN les atribuyó las obligaciones de designar a un administrador general; garantizar servicios básicos compartidos adecuados, incluyendo pero no limitándose, a acceso a agua potable, suministro eléctrico compatible, sistemas de manejo de aguas residuales, instalaciones sanitarias comunes limpias y funcionales.

Además, los obliga a asegurar la correcta distribución del inmueble cumpliendo con normas de seguridad estructural y contra incendios; diseño que facilite la circulación peatonal, accesibilidad universal y salidas de emergencia y áreas comunes libres de obstáculos y en condiciones higiénicas; entre otras.

La Autoridad podrá realizar inspecciones periódicas o aleatorias para verificar el cumplimiento de las obligaciones de estos comercios.

Como disposición transitoria, la APLAN determinó que los inmuebles que ya operen como conjuntos comerciales, dispondrán de un plazo de dos meses para presentar ante la Autoridad un plan de adecuación técnica y administrativa conforme a los nuevos requisitos.

"La obtención de la licencia de funcionamiento será obligatoria para cada una de las unidades comerciales que los conforman, siendo responsabilidad de cada titular gestionar dicho trámite conforme a las disposiciones del Reglamento para el Funcionamiento de las Actividades Comerciales de los Establecimientos del Centro Histórico de San Salvador, emitido por esta Autoridad", añade la normativa.

Los comerciantes con interrogantes sobre la nueva disposición pueden enviar sus inquietudes a "ventanillaunica@centrohistorico.gob.sv", también, para solicitar información de manera presencial, el recinto de la Autoridad se encuentra en la Calle Rubén Darío Edificio #619.

Ambas disposiciones legales entraron en vigencia el pasado 4 de junio, según su publicación en el Diario Oficial.

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