PDDH exige a Presidencia no “estigmatizar” a periodistas

Un informe de la PDDH revela las diferentes violaciones a derechos humanos y también “irrespeto a la libertad de expresión y de prensa”.

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Por Eugenia Velásquez

2020-07-04 4:30:47

En un reporte preliminar sobre COVID-19 y derechos humanos elaborado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), enviado a petición de la Asamblea Legislativa en junio, da cuenta de las diferentes violaciones a las garantías constitucionales que el Gobierno ha cometido a través de las medidas implementadas durante la vigencia de la emergencia nacional y el régimen de excepción.

Entre sus observaciones exige al “Secretario de Comunicaciones de la Presidencia, Ernesto Sanabria, cumplir con el deber de respeto del Estado, asbteniéndose de expresar ataques directos de estigmatización contra medios y periodistas de radios comunitarias y de medios en general, respetando la línea editorial de cada uno, pues es fundamental en una democracia respetar la libertad de expresión”.

El reporte detalla que hay “estigmatización a periodistas que expresan cuestionamientos sobre las medidas desarrolladas por el Gobierno”. Y establece como ejemplo que el Secretario de Prensa de la Presidencia, “arremetió contra la Asociación de Radiodifusión Participativas de El Salvador (ARPAS), descalificando el trabajo que realiza, esto tras compartir un artículo de Reporteros Sin Fronteras (RSF) en el cual esta organización internacional pide al Gobierno de El Salvador mayor transparencia y dejar a los periodistas realizar su labor informativa sobre el COVID-19”.

Las restricciones a la libertad de prensa y libertad de expresión están consideradas por la PDDH como “situaciones de especial gravedad”, dentro de un apartado en el que también se detallan las violaciones a los derechos humanos del personal de salud ante sus demandas de que el Gobierno no les dota de equipos de bioseguridad adecuados para manejar pacientes positivos de COVID-19.

En el seguimiento que la PDDH ha dado sobre violaciones a la libertad de prensa y de expresión revela que hay “restricciones a realizar preguntas en las conferencias de prensa informativas sobre la situación de los centros de contención, limitaciones a realizar entrevistas a funcionarios del Órgano Ejecutivo, obstáculos a la labor de periodistas independientes y a quienes laboran en radios comunitarias y destrucción de material periodístico”.

El informe también dice que se “ha valorado como negativa la conducta de funcionarios de la Secretaría de la Presidencia, en redes sociales, desacreditando a medios comunitarios, así también se ha conocido de diversas situaciones que han enfrentado mujeres periodistas en cuarentena preventiva en centros de contención”.

La Procuraduría detalla que, en vista de lo anterior, el 2 de abril de 2020 se recomendó incluir a periodistas en el listado de personas con autorización para circular, debido a que en un primer momento se dejaron fuera del primer decreto ejecutivo que limitó el libre tránsito. En esa ocasión la PDDH también solicitó la emisión de medidas de prevención para el cumplimiento de sus labores.

El reporte se refiere a la suspensión del funcionamiento de las oficinas de Acceso a la Información Pública, “en momentos en que se vuelve fundamental la información para la ciudadanía, pese a los lineamientos emitidos por el Instituto de Acceso a la Información Pública”, máxime en estos momentos de la pandemia que la población necesita mantenerse bien informada de lo que está pasando, exige la PDDH.

El Diario de Hoy buscó la reacción del Secretario de Prensa de la Presidencia, Ernesto Sanabria, pero no hubo respuesta.

En el documento se hacen valoraciones sobre las “detenciones arbitrarias por presunto incumplimiento de la cuarentena domiciliar, el uso excesivo de la fuerza y otras acciones”; por lo que la entidad enfatiza en el cumplimiento de “manera integral” de las decisiones emanadas de la Sala de lo Constitucional, que estableció la obligación de evitar la privación de libertad de una persona para conducirla obligatoriamente a un centro de contención sin que se estableciera de modo objetivo que la persona intervenida podía ser fuente de contagio del COVID-19.