Cámara frena la divulgación de los viajes de Osiris Luna

En una resolución emitida el 24 de noviembre pasado, la Cámara de lo Contencioso de Santa Tecla, suspende la orden del IAIP de que entregue la información de sus viajes oficiales

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Las tiendas penitenciarias dejan utilidades a Centros Penales. Osiris Luna ha dicho que ese dinero lo invierten en mejorar las cárceles. Foto EDH / Archivo

Por Mirella Cáceres

2021-02-05 2:03:56

Osiris Luna, director general de Centros Penales, logró convencer a la Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Tecla de que divulgar datos sobre dos de sus viajes puede afectar su seguridad jurídica. En noviembre pasado, esa cámara emitió una resolución en la que suspende la entrega de información a la que estaba obligado por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

Luna, a través de su abogado, pidió a la Cámara de lo Contencioso de Santa Tecla que emita una medida cautelar sobre el acto impugnado, es decir, que suspenda la orden del IAIP a transparentar datos del viaje en cuestión porque se trata de una misión oficial.

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En enero del año pasado, el IAIP resolvió que Luna debe entregar esa información sobre los viajes realizados a Estados Unidos y México y el financiamiento de los mismos, pero en un comunicado de ese instituto se revela que el funcionario alega no haber usado dinero público para sus misiones y que eso queda fuera de la competencia del Instituto.

Ante la Cámara, el abogado de Luna argumenta: “en el presente caso la apariencia de buen derecho se ve justificada por el interés de mi mandante en su calidad de Director General de Centros Penales, ad honorem, y viceministro de Justicia y Seguridad Pública , consecuente con su derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad administrativa garantizados por el art. 2 y 86 inciso tercero de la Constitución de la República”.

La Cámara le dio la razón y el 24 de noviembre pasado resolvió: “se ordena la suspensión de los efectos del acto emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública, consistente en la resolución definitiva de las ocho horas treinta minutos del día veinte de enero del año dos mil veinte en el procedimiento con referencia NUE 297-A-2019”.

A mediados de octubre de 2019, fueron divulgadas fotografías de Osiris Luna junto a una mujer que él luego identificó como “asistente de despacho” viajando cómodamente en un avión privado. Varias preguntas surgieron en aquel momento: ¿Cuál era la misión oficial que ejercía en esa ocasión junto a su supuesta subalterna?, ¿por qué viajaba en avión privado y si lo pagaba el Estado?, ¿Si no había usado fondos públicos para ese viaje, quién lo financiaba? Entre otras interrogantes.

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Tanto el director de Centros Penales como el ministro de Seguridad, Rogelio Rivas, y hasta el presidente Nayib Bukele, defendieron que se trató de un viaje estrictamente de trabajo, que fue a ver unos proyectos que tienen que ver con seguridad en México y que de El Salvador a México había viajado en avión comercial.  Y unificaron un mismo discurso en un intento de evadir el tema:  que no se había utilizado fondos públicos pese a que se trataba de un viaje oficial.

Luego de la enorme presión para que el funcionario y el gobierno demostraran con hechos que practican la transparencia y solo una publicación del periódico digital El Faro, dejaron al descubierto lo que se estaba exigiendo saber: que una empresa Mexicana que vende servicios de videoevigilancia estuvo detrás de ese viaje.

El gobierno confirmó algunos datos pero siguió defendiéndole en que no hubo gastos del Estado, pese a que eso reñía con la ley de Ética Gubernamental pues viajó en calidad de funcionarios y con gastos pagados por una empresa que en un futuro pudiera licitar contratos públicos.

“El Grupo SeguriTech Integral Security, una empresa multimillonaria, experta en servicios de videovigilancia y fundada en México, fue la responsable de pagar los gastos del cuestionado viaje en un avión privado del viceministro de Seguridad y director de Centros Penales, Osiris Luna, publicó el medio digital en febrero de 2020.

La Ley de Acceso a la Información Pública obliga a todos los funcionarios públicos a divulgar de oficio los viajes oficiales al exterior y pese a que la empresa mexicana admite al periódico El Faro que le pagó todo a Luna, él sigue negando la entrega de esa información de manera oficial y el IAIP ha iniciado incluso procesos sancionatorios en contra de Luna por negarse a la transparencia de sus viajes.

El derecho del funcionario sobre el derecho a saber

En su argumentación, el abogado de Luna urgió  a la Cámara que “de no otorgarse una medida precautoria podría materialmente consumarse la afectación alegada en la esfera jurídica de mi representado”.

En el proceso también intervino el representante del ciudadano al que le han negado la información. A la Cámara dijo que que el presupuesto de daño irreparable en Osiris Luna como alegaba el abogados de éste, las fundamenta en “meras apreciaciones subjetivas sin dejar constancia del riesgo de un daño irreparable o de difícil reparación a la DGCP (Dirección General de Centros Penales)…”.

Además dijo que dicha petición la enmarca en situaciones de la esfera particular de Luna pues de ser sancionado por no proporcionar la información que procura como solicitante, la multa la deberá pagar de su bolsillo.

De otorgarse la medida cautelar, agrega el abogado del ciudadano, “fundado en un interés de su titular, de ocultar actuaciones realizadas en el ejercicio de su función pública y las vinculaciones generales y protegidas como la probidad y la ética” se estaría dando una “perturbación” en el Derecho a la Información Pública (DAIP), el cual es un derecho constitucional.

“Asimismo, se vulnera el DAIP de toda la población, pues es notorio que los viajes del titular de la DGCP se han vuelto de interés publico, al establecer la medida (cautelar) no tendría el acceso oportuno a la información… también es de recalcar que los viajes de los cuales se ha ordenado la entrega (de información) se hizo en el marco de una misión oficial que en su momento representaba a la DGCP y que en ese periodo su salario fue pagado por los impuestos de todos…”.

Pero la Cámara dijo que dado el carácter instrumental de las medidas cautelares o lo que en la doctrina se conoce también como “la adecuación de la medida a la situación jurídica cautelable”, la Cámara considera que la pretensión de Osiris Luna “está acorde con la clase de pretensión que se ejercita, siendo la menos gravosa”.

Por lo contrario, al analizar el argumento del ciudadano que requiere la información de que hay una afectación al interés público, la Cámara le dice que “por la naturaleza del acto impugnado, en este momento, no existe una perturbación grave a los derechos sociales o el orden público”.