6 aspectos que la nueva mayoría calificada de Nuevas Ideas no podrá cambiar

Sin importar cuál sea la aritmética legislativa, hay áreas que no se pueden cambiar. Hacerlo implicaría un rompimiento constitucional.

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Representantes de Nuevas Ideas durante el escrutinio final. El oficialismo tendrá mayoría calificada en la nueva Asamblea Legislativa. Foto EDH / Francisco Rubio

Por Eugenia Velásquez - Ricardo Avelar

2021-03-04 11:49:15

El oficialismo se convertirá a partir de la nueva legislatura en la principal fuerza política en la Asamblea Legislativa para el período 2021-2024.

No obstante, aunque el partido Nuevas Ideas tenga después de las elecciones del 28 de febrero la mayoría calificada en la Asamblea, con 56 diputados, esta aritmética legislativa no lo faculta para aprobar reformas, leyes o tomar cualquier otra decisión que contraríe la Constitución de la República, expresaron los abogados constitucionalistas, Enrique Anaya y René Hernández Valiente.

VER: Aun con mayoría calificada, Nuevas Ideas no puede violar Constitución

Hay situaciones específicas que los abogados consideran que están plasmadas en la Carta Magna, las cuales, por más mayoría legislativa que alcance el partido Nuevas Ideas o mayoría absoluta, de 63 votos junto a los diputados de GANA tras las elecciones del pasado domingo, Nuevas Ideas no podrá cambiar.

Detallamos esos aspectos intocables a continuación:

1. NO SE PUEDE APROBAR LA REELECCIÓN PRESIDENCIAL

Sin importar el número de diputados que un bando tenga a su favor, es imposible que se pueda establecer en El Salvador la reelección presidencial en periodos consecutivos.

Según el artículo 248 de la Constitución, que establece el proceso para realizar reformas a esta ley máxima del país, “no podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a (...) la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”.

2. NO SE PUEDE ALTERAR EL SISTEMA REPUBLICANO NI EL BALANCE EN EL PODER

Otro tema que la Constitución establece como una cláusula pétrea, es decir que no admite modificación alguna, es el sistema de gobierno en El Salvador. Según la Carta Magna en su artículo 85, en El Salvador tiene un sistema “republicano, democrático y representativo”.

Esto significa que el poder no está concentrado, sino que se encuentra repartido en diversos órganos llamados a cooperar entre sí, pero donde uno no puede imponer su voluntad sobre otros. El sistema además es pluralista, es decir que no admite partidos únicos.

Ernesto Castro, diputado electo por San Salvador de Nuevas Ideas. El partido VAMOS denunció que funcionarios de gobierno y miembros de GANA, Nuevas Ideas y CD supuestamente no respetan lo establecido en la ley para la instalación de mesas de trabajo. Foto EDH/ Francisco Rubio

3. NO SE PUEDE APROBAR LEYES SIN DELIBERACIÓN NI PUBLICIDAD

En julio de 2016, la Sala de lo Constitucional estableció que las distintas fracciones legislativas deben tener el derecho a pronunciarse y participar en las distintas iniciativas de ley que se discuten. En enero de 2013, este tribunal estableció que el Legislativo debe hacer públicos sus debates y facilitar el acceso a la información pública.

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Esto es relevante a medida se avanza a una Asamblea que podría convertirse en mera tramitadora de órdenes del Ejecutivo y donde se puede pretender silenciar a la oposición.

4. NO PODRÁ RATIFICARSE NINGUNA REFORMA CONSTITUCIONAL NO ACORDADA ANTES DEL 28 DE FEBRERO DE 2021

La legislatura 2021-2024 podrá acordar reformas a la Constitución, pero no podrá ratificar ninguna reforma que no se haya acordado antes del día de las elecciones. En su artículo 248, la Constitución reconoce que se puede reformar sus artículos en dos etapas: una legislatura lo acuerda con mayoría simple y la siguiente lo ratifica con mayoría
calificada. Es decir, se necesita del concurso de dos legislaturas diferentes.

La Sala además prohibió hacer reformas a la Constitución en el periodo entre las elecciones y la toma de posesión de los nuevos diputados.

El escrutinio final tuvo el 3 de marzo su primer día con cierta tensión entre los partidos. Foto EDH / Francisco Rubio

5. NO PODRÁ CONVOCARSE A UNA ASAMBLEA O UN PROCESO CONSTITUYENTE

La única manera en que la Constitución prevé cambios a sí misma es mediante los procesos de reforma constitucional establecidos en su artículo 248, que requieren de una aprobación de una legislatura y una ratificación de la siguiente.

Esta, sin embargo, no contempla la posibilidad de sustituir la Constitución por una nueva. Cualquier intento de hacerlo estaría fuera del orden constitucional y no hay mayoría que legalmente pueda promover tal golpe a la institucionalidad.

6. NO PODRÁ MOVERSE A LOS ACTUALES MAGISTRADOS DE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL

La legislatura 2021-2024 tendrá a su cargo importantes elecciones de funcionarios de segundo grado, incluyendo 5 magistrados titulares y 5 suplentes de la Corte Suprema de Justicia, a quienes puede nombrar con 56 votos.

En vista de que Nuevas Ideas obtendrá este número, podrá hacer los nombramientos sin tener que negociar con otros partidos. Lo que no puede hacer es mover a los 4 magistrados que ya están en la Sala de lo Constitucional y cuyo cargo vence en 2027. Las conformación de las otras salas (Civil, Penal y de lo Contencioso Administrativo) sí las puede modificar.

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