Diputados aprueban ley que permite expropiar inmuebles sin una sentencia firme

La Dirección Nacional de Obras Municipales está facultada para disponer de cualquier inmueble, a un precio a evaluar, si un juez admite petición de declaratoria de interés municipal. Solo podrá apelarse el precio determinado, no la expropiación.

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FOTO EDH / MENLY CORTEZ

Por Enrique Miranda

2021-11-23 10:58:13

La Asamblea Legislativa facultó a la nueva Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) para expropiar inmuebles que considere de “interés público” solo con la autorización de un juez de primera instancia con jurisdicción en materia civil.

Esta facultad está definida en la nueva Ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales e Institucionales, aprobada este martes con 62 votos a favor y 14 en contra por la bancada legislativa del presidente Nayib Bukele y sus aliados.

“Los propietarios o poseedores de inmuebles, que se consideren de interés público, podrán ser privados de sus derechos de propiedad o intereses patrimoniales legítimos, previa declaración de utilidad pública o de interés social y con una justa indemnización”, reza el inciso segundo del artículo 1 de la normativa.

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De acuerdo con el artículo 5 de la Ley, la DOM podrá iniciar trabajos en esos inmuebles con solo la admisión del caso y si el juez lo autoriza. Es decir, no se requiere de una sentencia definitiva para apropiarse del inmueble que deberá ser comprado a su propietario a un precio que el perito determine.

“Admitida la demanda, el juez a petición de la Dirección Nacional de Obras Municipales autorizará la ejecución de los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar…” reza el artículo 5 de la polémica ley.

Al respecto, la diputada Rosa Romero, de ARENA, criticó que “ya dan por hecho que la resolución es a favor del demandante (la DOM). El único derecho que va a tener el ciudadano es aceptar el precio que le va a dar el Estado, con el agravante de que no va a tener participación en el proceso”.

En el mismo sentido se pronunció Dina Argueta, del FMLN, quien señaló que “están dando por hecho que la sentencia será favorable al Estado. Pero si en un caso remoto el fallo no es favorable al Estado y ya la DOM tiene obra ejecutada, ¿qué va a pasar?, la ley no establece cómo se van a resolver esos conflictos”.

Expropiación sin fallo

Este procedimiento, que no toma en cuenta la opinión del dueño del inmueble sobre su venta, causa preocupación por la discrecionalidad que otorga al nuevo ente centralizador del trabajo municipal.

POLÉMICO ARTÍCULO 5: FALTA DE DEBIDO PROCESO

“Admitida la demanda, el juez a petición de la Dirección Nacional de Obras Municipales autorizará la ejecución de los trabajos correspondientes a las obras o proyectos que se requiera ejecutar…”

“Nos causa preocupación que se pueda hacer una expropiación sin un fallo judicial”, consideró el presidente de Transparencia, Contraloría Ciudadana y Datos Abiertos (Tracoda), Carlos Palomo.

A su juicio, “debe haber una discusión amplia que no se ha tenido para poder analizar que en esta ley se contemplen garantías lo suficientemente amplias para evitar que se pueda expropiar de forma arbitraria”.

A juicio de José Marinero, presidente de la Fundación Democracia Transparencia y Justicia (DTJ), la normativa da “poderes extraordinarios” a la DOM.

La ley recientemente aprobada “autoriza a la Dirección Nacional de Obras Municipales a arrancar las obras sin que hubiera acabado el proceso con la sola admisión de la demanda, esto es peligrosísimo, esto quiere decir que nunca van a perder (los casos). La posibilidad de causar daño al patrimonio, a la propiedad de los privados se vuelve ilimitada, me parece que hay violación a la Constitución”, señaló Marinero cuando se conoció la propuesta del Ejecutivo.

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El diputado de Nuestro Tiempo, Johnny Wright Sol, también se mostró preocupado por las amplias facultadas que tendrá la DOM.

“Aunque la Constitución establece los parámetros y los pasos fundamentales que deben de darse para poder expropiar un bien, esta ley es bastante discrecional y otorga muchísimo poder a la nueva Dirección de Obras Municipales (DOM) y sobre todo al requisito de que la decisión recaiga en un juez de lo civil de primera instancia dada la situación actual que, desde el primero de mayo podríamos decir que no hay garantías de nuestros derechos”, dijo el legislador.

De igual forma opinó Claudia Ortiz, de Vamos, para quien esta ley, más la reducción en 85% del Fondo de Desarrollo de los municipios (FODES), y la misma creación de la DOM son duros golpes para la autonomía de las comunidades y alcaldes. Más que eso, ve demasiada concentración en la Junta Directiva del nuevo ente municipal.

“Se están concentrando las decisiones en 4 personas: los 4 miembros de la Junta Directiva (de la Dirección Nacional de Obras Municipales) que van a ser puestos por el presidente y que no tienen ningún requisito de experiencia en el tema, va a ser para cualquier persona que tenga título universitario, pero no el conocimiento para tomar esas decisiones”, declaró la diputada.

Para el presidente de Tracoda, además de las suficientes garantías para los propietarios de inmuebles sujetos de expropiación en la ley, es necesario que los jueces que vean estos casos sean independientes.

Esto último se pone en duda luego de las reformas a la Ley de la Carrera Judicial que hizo la bancada cyan para indemnizar jueces de más de 60 años y la facultad de imponer jueces afines al gobierno, como ha sido ampliamente denunciado.