Asamblea enmienda la cuestionada “Ley Alabí”

Los diputados de oposición consideran que la “Ley Alabí” debe derogarse, si el interés realmente es cerrar la puerta a casos de corrupción.

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La sesión plenaria de la Asamblea Legislativa. Foto: EDH/ Yessica Hompanera

Por Milton Rodríguez

2021-10-20 10:42:51

Con 61 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este miércoles la reforma a la tan cuestionada "Ley para el uso de productos para tratamientos médicos en situaciones excepcionales de salud pública ocasionadas por la pandemia covid-19", mejor conocida como "Ley Alabí”.

Dicha normativa fue aprobada el 5 de mayo de 2021, y desde entonces fue duramente criticada porque entre otras cosas, exonera a funcionarios involucrados en el manejo de fondos públicos durante la pandemia por la covid 19 ante demandas y denuncias judiciales o administrativas.

La reforma tuvo 3 votos en contra y 2 abstenciones. Sin embargo, los votos de oficialismo alcanzaron para hacer la enmienda, en el sentido que la inmunidad otorgada mediante el artículo 4 de dicha ley “no se extiende a ningún acto de fraude, soborno, corrupción, robo, falsificación o piratería, tráfico de bienes robados o actividad delictiva similar, derivada de la prestación de cualquier producto o servicio relacionado con la situación de la salud pública causada por la pandemia del covid-19”.

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El diputado Jorge Castro, de Nuevas Ideas, justificó la reforma y dijo que “el fin único de la norma es hacer compras agiles de insumos y medicamentos para dar acceso a la salud de los salvadoreños, principalmente de las vacunas”.
Sin embargo, la diputada Dina Argueta opinó que no se pueden hacer cosas a medias y solo para salir al paso. En ese sentido, ella destacó que "la Ley debe derogarse, si el interés realmente es cerrar la puerta a casos de corrupción como los mencionados en el ministerio de Salud durante la pandemia".

"La reforma más parece el querer cumplir con algún requisito por la mala imagen del país a nivel internacional que le dificulta poder ser sujeto de créditos u otro tipo de cooperación", aseveró Argueta.

De igual manera opinó el diputado de Nuestro Tiempo Johnny Wright Sol, quien sostuvo que la normativa nunca tuvo como intención agilizar trámites sino ocultar y dar impunidad a los procesos de compra.

“Hoy quieren corregir la plana para tener facilidades de negociación con organismos internacionales. La Ley Alabí es inconstitucional, la única vía es derogarla”, escribió en su cuenta de tuiter el legislador.

La diputada Claudia Ortiz, del partido VAMOS, enfatizó que tales reformas “han sido propuestas porque dicha ley fue diseñada para que todas las irregularidades que ocurrieron durante la emergencia sanitaria fueran perdonadas y no sean investigadas”.

"Evidentemente este decreto (Ley Alabí) ha generado problemas para El Salvador a nivel internacional y ha sido uno de los factores que ha hecho al país perder la confianza con la banca internacional o con los organismos multilaterales que nos financian diferentes aspectos de nuestro desarrollo", razonó.

Para la legisladora, estas modificaciones se han dado “porque es necesario corregir esas cosas”.

No obstante, no dejó de señalar que la normativa tiene espacio para otros abusos en el sentido que, "hay términos o condiciones vinculantes con los cuáles se pueden hacer compras públicas, pero eso puede ser un mensaje de whatsapp o un correo electrónico en lugar del procedimiento que ya establece la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (Lacap) y es necesario hacerlo para evitar abusos".

De igual manera han opinado abogados y expertos en temas anticorrupción, quienes señalan que la enmienda podría obedecer a un mensaje que el gobierno quiere enviar a Estados Unidos sobre el combate a la corrupción o al Fondo Monetario Internacional (FMI), ya que no han logrado concretar un acuerdo por más de $1,300 millones para apuntalar la economía.

A juicio de José Marinero, presidente de la Fundación DTJ todavía existen otros vacíos en la normativa. “Parece que la excepción solo es para la inmunidad, es decir, pueden ser demandados, pero no para la exención de responsabilidad, o sea, aunque sean demandados y eventualmente condenados no podrán atribuírseles responsabilidad alguna”, dijo.

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Para Graciela Ayala, Abogada de Funde - Alac, la reforma puede deber se a que dentro de la administración gubernamental ya se encontraron con ciertas anomalías respecto de la “ley Alabí” y podrían existir personas que la están aplicando y estafando al Estado en contrataciones brindando servicios deficientes o contrarios a lo ofertado.