Asamblea aprueba prisión a maltratadores de animales

Los diputados aprobaron reformar el Código Penal para sancionar con pena de prisión de dos a cuatro años las conductas de violencia contra los animales de compañía.

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Pleno de la Asamblea Legislativa de El Salvador. FOTO EDH Cortesía.

Por Milton Rodríguez

2022-02-08 10:59:49

Con 68 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó reformar el Código Penal para que se castigue con pena de hasta cuatro años de cárcel a quienes incurran en maltrato animal.

La modificación consiste en intercalar entre los artículos 261 y 262 el artículo 261 -A.

“El que por acción u omisión provoque o genere maltrato cause sufrimiento, lesiones o daños que menoscaben el bienestar animal o realice conductas zoofílicas en contra de animales de compañía, domésticos o incluso de cualquier otro animal que no viva e estado salvaje; será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años”, reza el articulo 261-A avalado por la comisión de legislación.

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Añade que la pena de prisión podrá ser conmutable de conformidad a lo establecido en el Art. 74 y siguientes del Código Penal.

El dictamen aprobado este lunes indica que las penas se aumentarán hasta en una tercera parte del máximo previsto en el inciso anterior al realizar ensañamiento, causar al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal y cuando los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

Así mismo establece que “si se hubiera producido la muerte del animal, se impondrá accesoriamente y por el mismo plazo, la prohibición de tenencia de animales o inhabilitación especial en el caso de personas que ejerzan profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y una multa de tres a cinco salarios mínimos del sector comercio e industria”.

No obstante, el acuerdo legislativo aclara que se exceptúan de lo dispuesto en los incisos anteriores, las actividades productivas; los sacrificios humanitarios de animales; las investigaciones científicas reguladas por las leyes respectivas; los tratamientos e intervenciones veterinarias cuando prevalezca un riesgo inminente en la salud o la integridad física de las personas o que se originen por accidentes sin que medie negligencia o intención de causar daño al animal, las corridas taurinas, deportes o prácticas enmarcadas en festejos locales o nacionales.

También indica que una persona podrá usar la excusa absolutoria si se pronuncia la Unidad de Protección de Animales de compañía según la municipalidad correspondiente.

La diputada Marcela Pineda dijo  que la recién aprobada Ley Especial de Protección y Bienestar Animal y estas reformas al Código Penal se complementan con el fin de sancionar cualquier tipo de "maltrato animal".

Rebeca Santos enfatizó que cuando concurra el uso de armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal, la pena aumentará hasta en una tercera parte.

La legisladora de Vamos, Claudia Ortiz, ve con buenos ojos que se sancione la violencia contra los animales, aunque consideró que podría ser más proporcional y que el tema de la violencia se tiene que abordar “en todas sus dimensiones”.

“Veamos las prioridades, la violencia se está abordando de la manera más cruda, mas cruel, en las desapariciones, en las fosas clandestinas que fueron encontradas el fin de semana. Queremos hacer algo por la violencia, hagamos algo por esas personas desaparecidas y sus familias”, apuntó.

Por su parte, el diputado de Nuestro Tiempo, Johnny Wright Sol, se mostró a favor de esta modificación.

"Lo único que no me parece que quedo bien de la reforma es que no quedó definido en qué casos se aplicaría cárcel y en qué casos la sanción económica, lo han dejado a discreción del bienestar animal. Para mi gusto eso se debió haber definido en la reforma, no obstante si apoyaría la reforma", concluyó.

 

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