Asamblea busca castigar hasta con 8 años de cárcel por usar perfiles falsos en redes sociales para dañar la imagen de una persona

La propuesta de reforma a la ley especial de Delitos Informáticos y Conexos, también aplica para revistas, páginas o periódicos sin identificación personal o jurídica.

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Foto Archivo EDH. Lissette Monterrosa

Por Eugenia Velásquez

2019-05-17 1:18:52

Diputados de distintas fracciones ARENA, PDC, FMLN y PCN introdujeron este día una pieza de correspondencia que contiene una iniciativa de ley para reformar la ley especial de Delitos Informáticos y Conexos aprobada en 2016 por la Asamblea Legislativa.

La adenda consiste en tipificar como delitos el uso de perfiles falsos en redes sociales, periódicos y revistas digitales sin personas responsables a través de la incorporación al cuerpo de ley del artículo 24-A.

Según los mocionantes la falta de regulación en medios virtuales permite que personas usen información para atentar en contra de derechos constitucionales de los ciudadanos.

Entre ellos, “el honor, la intimidad y la propia comunicación”, explican los diputados que respaldan la reforma a la ley.

Algunos de los legisladores que firmaron la propuesta son Rodolfo Parker del PDC, Mario Ponce del PCN, Carlos Ruiz del FMLN y Carlos Reyes de ARENA.

Cárcel para quienes publiquen fotos de mujeres en medios informáticos

Tras un largo debate en el pleno de la Asamblea Legislativa, el pasado 9 de mayo 65 diputados aprobaron ayer una reforma a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres que castiga con cárcel de cuatro a ocho años a las personas que sin el consentimiento de una mujer publiquen fotografías o vídeos de su cuerpo al desnudo.

La reforma que avalaron ayer los diputados agrava la pena en el artículo 51 de la difusión de pornografía que reza así: “Quien publicare, compartiere, enviare, exhibiere, o distribuyere material pornográfico por medio informático electrónico o cualquier otro medio, en el que se utilice la imagen o identidad de la mujer, real o simulada, sin su consentimiento, será sancionado con pena de prisión de cuatro a ocho años”.