Asamblea acuerda plazos para pagar deudas atrasadas por servicio de agua potable con ANDA

La autónoma quiere recuperar $117 millones de mora en servicios de agua potable, para lo cual condonará $31 millones de intereses por incumplimiento.

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Foto: EDH / Archivo

Por Eugenia Velásquez

2021-09-09 5:26:19

La comisión de Economía acordó condonar en concepto de mora $31 millones por deudas atrasadas con la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA).

Para que los usuarios que han caído en mora con la entidad puedan acceder a este beneficio deberán acudir a cualquier agencia comercial de ANDA para realizar el pago de la deuda respectiva sin los intereses moratorios y los recargos por incumplimiento, en los casos en que la factura tiene un retraso de más de 61 días en el pago.

Pero, además, podrán acogerse a diferentes planes de pago hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas más una prima inicial, otorgándose para ello un documento que contenga la información del plan de pago a plazos. Salvo excepciones, considerando la normativa interna de ANDA y el monto adeudado, se evaluará una ampliación del plazo de forma extraordinaria.

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Para el caso de las entidades y dependencias que conforman la estructura del sector público del gobierno, deberán presentarse a cualquier agencia de ANDA, para completar la solicitud de intención de aplicar a este beneficio, siempre y cuando el plan de pago se realice durante la vigencia del decreto que sería avalado en la plenaria del próximo martes.

Todo esto en consideración de los tiempos para las aprobaciones y erogaciones presupuestarias del Ministerio de Hacienda. Según el presidente de la ANDA, Rubén Alemán, de los $177 millones de deuda que la entidad arrastra desde 1998, sólo $40 millones son de particulares; el resto, $77 millones corresponden a instituciones públicas y alcaldías.

La condonación de intereses y de recargos por incumplimiento a consecuencia de pagos extemporáneos, se realizará en el momento en que los usuarios realicen el pago del saldo de la deuda o cuando formalicen un plan de pago.

Para los usuarios que sus cuentas se encuentren en estado de suspensión se hará un cobro en concepto de reconexión de acuerdo a lo establecido en el pliego tarifario vigente, el cual se podrá incluir en el plan de pago si así lo solicita el usuario en el monto total a cancelar, y se procederá a su reconexión inmediata.

Al momento de adquirir un plan de pago por cuotas el usuario deberá de pagar como prima el equivalente al 10% de la deuda, la cual podrá ser pagada dentro de los 3 días posteriores a la firma del plan de pago. Durante el periodo del plan de pago quedará suspendida la generación de nuevos intereses sobre los montos ya acordados.

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La condonación de intereses moratorios y recargos por incumplimientos se hará conforme a los siguientes parámetros:

 

-          La condonación será del 100% si se gestiona el trámite de pago ya sea al contado o mediante un plan de pago, del día 1 al 60 posterior a la entrada en vigencia del decreto legislativo.

-          Será del 80% si se gestiona el trámite de pago ya sea al contado o mediante un plan de pago del día 61 al 90 posterior a la entrada en vigor del citado decreto.

-          Del 60% si el pago ya sea de contado o mediante plazos se hace del día 91 al 120 posterior a la entrada en vigencia del decreto transitorio.

-          Del 40% si se gestiona el trámite de pago al contado o a plazos del día 121 al 180 posterior a la entrada en vigencia del decreto.

El incumplimiento en el pago de una de las mensualidades suscritas en el plan de pago anulará el mismo y será exigible el saldo de la totalidad de la deuda a la fecha en que se incumpla el plazo y se procederá a aplicar lo establecido en el pliego tarifario de ANDA.

Durante la vigencia del decreto, se le dará facultad a la ANDA de poder ajustar saldos pendientes, intereses moratorios y recargos por incumplimientos a zonas que previa calificación técnica se compruebe que estuvieron bajo la clasificación de “desabastecidas” entendiéndose esto como la falta de provisión del servicio por periodos iguales o mayores a 30 días, permitiendo condonar saldos pasados facturados.

Los diputados emitieron dictamen favorable este jueves, y se prevé que sea aprobado en la plenaria del próximo martes 14 de septiembre.