Asamblea aprueba reforma constitucional para declarar el agua como un “bien público”

La iniciativa viene desde 2018. Es una petición del FMLN, de varios diputados de otros partidos de forma particular y de organizaciones sociales.

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Asamblea Legislativa. Foto archivo - EDH

Por Eugenia Velásquez

2020-10-15 9:41:52

Este jueves los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron con 77 votos una reforma a la Constitución de la República para declarar al agua como un “bien público”, esto es para garantizar que el recurso hídrico llegue a todas las personas e impedir intenciones de “privatizar el agua”, como lo han señalado diversas organizaciones que velan por el medio ambiente y los derechos humanos.

“Este es un tema de gran importancia para el país y para cada salvadoreño, aunque el deseo era que quedará plasmado, en la reforma constitucional, que el agua debe ser sin fines de lucro. Hoy se da el primer paso para que se pueda ratificar el próximo año”, dijo el diputado Jorge Mazariego.

“Esta reforma es muestra de que los 84 diputados podemos y debemos entendernos en beneficio de la ciudadanía, en un tema tan humano y tan sensible como el agua. Esperamos que la próxima legislatura 2021, se pueda ratificar el agua como derecho humano”, expresó el diputado Raúl Beltrhán Bonilla.

Según el dictamen legislativo, las reformas se harán a los artículos 2 y 69 de la Constitución. En el artículo 2 se incorpora al primer inciso, la palabra “al agua y su saneamiento”, ya que como está redactado actualmente ese artículo no se especifica ese derecho.

El artículo dos quedaría de la siguiente manera: “Toda persona tiene derecho a la vida, al agua y su saneamiento, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos”.

En el artículo 69 se agrega un inciso primero así: “Es obligación del Estado crear políticas públicas y leyes que garanticen a todos los habitantes agua salubre, suficiente, accesible y asequible, así como el aprovechamiento y preservación de los recursos hídricos. El agua constituye un bien público”.

La iniciativa de hacer dichas reformas viene desde 2018. Entre los argumentos que se reflejan en el dictamen es que en las sociedades democráticas a nivel mundial han reconocido que el agua es un bien natural esencial para la vida y que de la misma manera, diferentes naciones han reconocido en instrumentos nacionales e internacionales, el derecho de acceso al agua como un derecho indispensable para vivir dignamente, afirmando además, que el acceso a la misma se constituye en una condición previa para la realización de otros derechos inherentes a la persona humana.

Agregan en el dictamen que “siendo así, el reconocimiento de este derecho e nuestra Carta Magna ampliaría las posibilidades de su protección constitucional y sentaría las bases para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Nación”.

Los diputados se basaron también en el amparo admitido por la Sala de lo Constitucional en 2012, en donde se planteó que “si bien en nuestro sistema constitucional el derecho al agua se adscribe interpretativamente al derecho al medio ambiente, en relación con los derechos a la vida y a la salud (artículos 2 inciso primero y 65 inciso primero de la Constitución) en el Derecho Constitucional comparado y Derecho Internacional, la construcción del derecho en cuestión se ha producido autónomamente como por interpretación de otros derechos fundamentales”.

Añade la sentencia que se observa en numerosas Constituciones que estas contienen referencias explícitas al derecho al agua, entre ellas, la de Ecuador, Bolivia, El Congo, Sudáfrica y Uruguay.

Mientras que en otros países en sus Constituciones aluden a la responsabilidad general del Estado de asegurar el acceso al agua potable y el saneamiento, por ejemplo, en Ecuador, Bolivia, Colombia, Etiopía, Gambia, México, Nigeria, Panamá y Zambia.

La reforma deberá ser ratificada en una segunda ronda de votación con 56 votos en la próxima legislatura 2021-2024.