Abogado advierte que proyecto de régimen de excepción es “copia de la ley de cuarentena” que la Sala invalidó

La propuesta del Ejecutivo contempla una cuarentena obligatoria como la de los meses pasados. Además, el abogado Enrique Anaya cuestiona que el Gobierno considere necesaria la cuarentena hasta que "se desarrolle una vacuna" contra el COVID.

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Enrique Anaya es doctor en derecho constitucional. Foto de referencia / EDH / Archivo

Por Diana Escalante - Eugenia Velásquez

2020-06-24 9:45:56

El abogado constitucionalista Enrique Anaya dio su postura sobre el proyecto de ley presentado el miércoles por el Ejecutivo a la Asamblea Legislativa para que decrete un nuevo régimen de excepción en todo el país, por un plazo de 15 días, para controlar la curva de contagios durante la pandemia del COVID-19.

A juicio de Anaya, el nuevo proyecto es “una copia de la ley de cuarentena” que la Sala de lo Constitucional declaró ilegal, advirtió que persisten infracciones constitucionales, como la detención por violar la medida.

El profesional apuntó además que la ley no cumple con la referida sentencia de la Sala, “ya que se pide una cuarentena sin evidencia científica y en la exposición de motivos únicamente hay un discurso alarmista”.

“El proyecto no dice por qué la cuarentena domiciliaria a nivel nacional es la medida necesaria, idónea y proporcional para afrontar la pandemia. Solo se copian, sin ton ni son, pedazos de sentencias y de doctrina jurídica, sin coherencia alguna”, cuestionó Anaya.

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Anaya cuestionó, además, que el Gobierno pretenda mantener una situación de cuarentena hasta que haya vacuna contra el COVID. “(El proyecto) dice que la cuarentena domiciliaria es necesaria hasta que “se desarrolle una vacuna eficaz” contra el covid-19; y, en puridad, que la cuarentena ya no será necesaria una vez la vacuna “sea posible para la generalidad de las personas (…)”, señaló.

Los asesores del presidente Nayib Bukele manifestaron que las fases de la reapertura económica las irá decidiendo el Gobierno.

“Es un consenso social que tenemos ya nosotros en cuanto al sector privado en respetar estas fases que hemos tenido y si bien se aprueba el régimen de excepción es el Órgano Ejecutivo, a través del Código de Salud, el que deberá ir dando la pauta de qué sectores se pueden ir abriendo y eventualmente qué sectores deben de cerrar inmediatamente”, dijo el asesor jurídico de la Presidencia, Javier Argueta.

Anaya criticó que el Órgano Ejecutivo quede habilitado para disponer de las fases de reapertura económica, ya que, a su juicio, lo haría “arbitrariamente como desee”.

El proyecto de ley presentado por el Ejecutivo contempla una cuarentena domiciliar obligatoria, como la que hubo en los meses pasados, en la cual solo se podrá salir en los casos autorizados, ya sea para trabajar, asistir a consultas médicas, comprar alimentos y medicinas o hacer trámites bancarios.

La Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada deberán controlar el cumplimiento de la cuarentena. Cuando sorprendan a una persona violando la medida será llevada a un centro médico para que se le haga una evaluación, en un lapso máximo de 12 horas, para determinar si tiene síntomas del COVID-19. Si resulta positiva será enviada a un centro de cuarentena.

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Si los resultados son negativos, la persona deberá cumplir cuarentena en casa. En los meses anteriores, cuando estaban vigentes los estados de excepción, cientos de salvadoreños denunciaron que fueron detenidos y llevados a centros de confinamiento pese a que no se les comprobó que eran portadores del virus. La Sala de lo Constitucional ordenó que se les liberara.

“El Órgano Ejecutivo necesita 15 días exactos para que las personas que estén contagiadas se curen o para que, si no logramos salvar la mayor cantidad de vidas, podamos eliminar en un alto porcentaje el virus”, justificó por su parte Argueta.

Apreciaciones del abogado constitucionalista Enrique Anaya
1) El proyecto de decreto persiste en infracciones constitucionales, como la detención por violar la cuarentena.

2) El proyecto de ley de CAPRES no cumple con la sentencia de la Sala de lo Constitucional, del 8 de junio de 2020 pues de nuevo se pide una cuarentena sin evidencia científica.

3) El proyecto no dice por qué la cuarentena domiciliaria a nivel nacional es la medida necesaria, idónea y proporcional para afrontar la pandemia. Solo se copian, sin ton ni son, pedazos de sentencias y de doctrina jurídica.

4) La suspensión de derechos aplicaría únicamente para los “sectores y personas” que no se encuentran habilitados para incorporarse y operar en cada una de las fases del Decreto Ejecutivo No. 31.

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