¿Puede un policía detener a una persona sin orden de captura?

La abogada Marcela Galeas enumera las circunstancias en las que un policía puede detener a una persona; y qué hacer ante una detención ilegal.

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El miércoles, 1 de septiembre, policías detuvieron al informático Mario Gómez sin una orden de detención emitida por la Fiscalía o por un juez. Foto EDH/ Jonatan Funes

Por Karla Arévalo

2021-09-02 10:00:17

Un ciudadano puede ser detenido si la Fiscalía emite una orden de captura; si un juez solicita a la Policía su aprehensión o si la Policía encuentra al ciudadano cometiendo un delito o si lo cometió en las últimas 24 horas. Pero el 1 de septiembre, la Policía detuvo a Mario Gómez, un informático crítico del Bitcoin, sin llevar consigo órdenes de captura y bajo el supuesto de que está siendo investigado por fraude. En esta entrevista, la abogada penalista Marcela Galeas explica qué hacer ante una detención como esta, misma que califica como ilegal.

¿Puede la Policía arrestar a una persona sin llevar una orden administrativa o judicial?
Sí puede bajo la figura de flagrancia. Esto es cuando una persona ha cometido un delito en ese instante, o dentro de las 24 horas a su detención. En el caso de Mario Gómez, él no cometió ningún ilícito. Ni siquiera dentro de las 24 horas en las que lo retuvieron. Entonces, no se configuran de manera legal los requisitos para la detención o la captura de esta persona en flagrancia ni de otro tipo.

¿Quién emite la orden de captura administrativa y quién emite la orden de captura judicial?
La orden de captura administrativa es facultad de la Fiscalía General de la República (FGR) y es exclusiva de los fiscales auxiliares. Obviamente, esto se da dentro de una investigación fiscal para determinar si ha existido o no preliminarmente un delito. Entonces, ellos son los autorizados a girar una orden administrativa y de la orden judicial el responsable es un juez. Le compete a un juez de lo Penal ordenar la captura de un sujeto sospechoso de haber sido autor de un delito.

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Pero si la Policía alega que está investigando a la persona y se la tiene que llevar detenida, ¿sería esto un procedimiento legal? ¿Quién tiene la exclusividad de la investigación?
No, la Policía no puede alegar un arresto (porque está investigando a la persona); para eso necesita dirección funcional de la Fiscalía General de la República. En este caso, de un fiscal auxiliar porque es la Fiscalía el ente que tiene la exclusividad de la investigación de los delitos. En el caso de Mario Gómez, la FGR dijo que no era un procedimiento de ellos y que ignoraban lo que se había realizado por parte de la Policía Nacional Civil.

Entonces, ¿esa detención fue ilegal?
Sí, ellos después decían que no era una detención, pero realmente sí fue una detención. Una detención arbitraria e ilegal porque no tiene sustento ni en el Código Procesal Penal y ni siquiera en el Código Penal, porque ellos no han realizado una imputación delictiva, sino que únicamente dijeron que estaban en investigaciones. No hay asidero jurídico que pueda justificar eso.

¿Qué motivaciones puede tener la Policía para capturar a alguien sin llevar una orden judicial o administrativa?
No existe una razón de peso para que la Policía capture a alguien que no esté en estado de flagrancia. Si no está cometiendo un delito o dentro de las 24 horas posteriores a la comisión delictiva, pues no tendría la Policía por qué efectuar la captura si no ha estado direccionada por la FGR o si no existe una orden judicial.
No existe la libre potestad del policía de detener o de privar de libertad cuando se le antoje a un ciudadano. Eso es un delito, sí, podría ser actos arbitrarios porque es un atropello en contra de la persona, es una restricción a su libertad. También podría tipificarse como una privación de libertad porque básicamente obstaculizó la libre circulación (de la persona) y lo sustrajeron de su lugar de habitación.

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Si un policía le pide a un ciudadano acompañarlo y este no tiene las órdenes de captura antes mencionadas, ¿qué puede hacer el ciudadano?
Aquí es bien complicado darle respuesta. El deber ser es que no lo detengan. Obviamente un ciudadano se puede resistir debido a que no existe el fundamento para acompañarlos. El problema es que algunos oficiales, no puedo decir que todos, pero sí algunos agentes de autoridad, le van a imputar el delito de resistencia porque no los quería acompañar. Y puede ser que lo golpeen o lo sometan por la fuerza. Entonces, el deber ser es que el ciudadano exija sus derechos. Sobre todo, cuando no hay una orden judicial ni tampoco una orden administrativa.

Pero si definitivamente la Policía insiste en llevárselo…
En ese caso, lo que podría hacer es ir con la policía a una delegación y acompañarse de otras personas.

Si un ciudadano es víctima de una detención, obviamente no puede resistirse físicamente. Entonces, le queda documentar todo; que avise de inmediato que está siendo detenido, y, si se encuentra en compañía de otras personas, que estas personas sigan el vehículo patrulla. Que pida la orden de captura, o sea leer qué Tribunal lo está pidiendo o si existe orden administrativa porque los fiscales también llevan impresas las órdenes administrativas.

También, para ingresar a una vivienda deben llevar la orden de allanamiento. Además, tienen que saber qué delitos están siendo acusados y por qué se los van a llevar. También que documenten el ONI de los agentes; que llamen a los abogados de confianza para que este o estos puedan auxiliarlo técnicamente.

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¿Está obligado un ciudadano a entregar a la Policía celulares o computadoras sin que haya una orden previa?
No, no está obligado porque esto únicamente se hace por una petición que hace la Fiscalía al Órgano Judicial. Es decir, el fiscal del caso ha de pedírselo a un juez (para iniciar una investigación) porque, obviamente, debe obtener la información electrónica de manera lícita.