6 aspectos a tomar en cuenta tras la extensión automática del TPS para salvadoreños

Estas disposiciones surgen después del anuncio de El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos sobre la extensión del TPS hasta enero de 2020.

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Foto de referencia/ Archivo/ Tomás Guevara.

Por Vanessa Jurado/ Agencias

2019-02-28 10:13:24

El Gobierno de Estados Unidos prorrogó la finalización del amparo migratorio del Estatus de Protección Temporal (TPS), hasta 2020 para los beneficiarios de El Salvador, Nicaragua, Haití y Sudán, en cumplimiento de una resolución judicial.

El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, en inglés), notificó el 28 de febrero 2019 que había adoptado esta medida y que se haría pública el viernes 1 de marzo oficialmente en el Registro Federal, que ya hasta el 28 de febrero ofrecía en su página web una versión oficiosa del texto.

Ante el anuncio, el Gobierno de El Salvador informó sobre seis nuevas disposiciones a partir de este 1 de marzo 2019 para la comunidad salvadoreña con TPS vigente. Toma nota:

1. Los documentos de autorización de empleo (EADs), notificación de aprobación del TPS (formulario I-797) y autorización de permanencia en el país (formulario I-94), serán válidos hasta el 2 de enero 2020.

2. La extensión aplica solamente a beneficiarios del TPS que se reinscribieron adecuadamente a la prerrogativa en el más reciente periodo anunciado por DHS, en el caso de El Salvador fue desde el 18 de enero hasta el 19 de marzo 2018.

3. Para los salvadoreños los permisos que serán extendidos incluyen los que ya vencieron el 9 de marzo (si la persona está actualmente reinscrita al TPS) y los que expiran el 9 de septiembre 2019.

4. Los beneficiarios del TPS no tendrán que pagar tarifa ni presentar nuevos formularios para mantener la prerrogativa hasta el 2 de enero 2020.

5. Para las personas que no se reinscribieron adecuadamente en el último periodo, podrán hacerlo mediante el formulario I-821, pero tienen que comprobar una excepción de “buena causa” para registrarse tardíamente.

6. Los que están reinscritos pero no solicitaron un permiso de trabajo o quieren tramitar uno nuevo (con fecha de expiración del 2 de enero de 2020), pueden hacerlo presentando el formulario I-765, pagar una tarifa de $410, presentar dos fotografías tamaño pasaporte y copia de los recibos o aprobación que comprueben que el registro de TPS de la persona esté vigente.

El TPS es un programa migratorio creado en 1990 con el que Estados Unidos concede permisos de forma extraordinaria a los ciudadanos de países afectados por conflictos bélicos o desastres naturales.

En los últimos años, los beneficiarios del TPS en EE.UU. han visto cómo su permiso se renovaba de manera automática por períodos de 18 meses, pero el Gobierno del presidente, Donald Trump, decidió revaluar las condiciones que justificaron la concesión del programa.

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En consecuencia, en el último año, el mandatario ordenó a los beneficiarios del TPS -unos 263,000 salvadoreños, 86,000 hondureños, 58,000 haitianos, 5,300 nicaragüenses y un millar de sudaneses- que preparasen “su salida” de EE.UU. o buscasen una alternativa migratoria legal.

El DHS explicó en la notificación que la decisión se produce “para garantizar el cumplimiento continuo del mandato judicial previo de la Corte de Distrito de EE.UU. para el Distrito Norte de California”.

Por tanto, “los beneficiarios de las designaciones de TPS para Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador retendrán sus TPS mientras el mandato judicial preliminar permanezca en efecto”.

Foto EDH: Archivo

En octubre pasado, un juez de ese tribunal, con sede en San Francisco (California), bloqueó el cese de este amparo migratorio, ordenado por Washington para Sudán, El Salvador, Nicaragua y Haití.

En aquel entonces, el magistrado Edward Chen, dispuso el bloqueo de la suspensión del TPS al considerar que suponía un “daño irreparable” para los inmigrantes y sus familias que debían abandonar EE.UU.

El caso de Honduras, que queda fuera de la medida del DHS, lo lleva la misma corte, junto al de los receptores de TPS de Nepal, en una causa separada de la anterior.

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La Embajada de EE.UU. en El Salvador también difundió un comunicado en español en el que precisó que “las personas beneficiadas y registradas bajo TPS no necesitan realizar ningún pago ni presentar ninguna solicitud para mantener sus beneficios de TPS hasta el 2 de enero de 2020”.

Aun así, advirtió de que si en este tiempo los tribunales de EE.UU. emiten una decisión que apoye la cancelación del TPS este amparo finalizaría en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor de la orden de terminación de este beneficio o en la fecha previamente anunciada por el DHS, que en el caso de El Salvador sería el 9 de septiembre de 2019.

Las reacciones a la decisión del DHS no se hicieron esperar.

La organización FWD.us se congratuló por la medida pero recordó que “esto no debería ralentizar los esfuerzos del Congreso para proteger permanentemente a estas comunidades que afrontan un riesgo inminente como resultado de las acciones de la Administración de Trump”.

En el caso de El Salvador, Estados Unidos concedió el TPS en 2001 a raíz de una serie de terremotos, mientras que a Honduras y Nicaragua en 1998 fue tras el paso del devastador huracán Mitch por Centroamérica.

Haití se beneficiaba del TPS desde 2010 por el catastrófico terremoto que dejó unos 300,000 muertos y sumió al país en el caos, mientras que a Sudán se le otorgó en 2014 por el conflicto de Sudán del Sur.