Médico es condenado por dejar en estado vegetal a paciente

El Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana concluyó que cirujano procedió contra su paciente con negligencia e imprudencia.

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Por Jaime López

2018-11-02 9:57:00

El médico Carlos René Linqui López fue condenado a dos años de prisión (excarcelable) y a indemnizar con $ 5,000 a una paciente a quien por negligencia e imprudencia dejó parapléjica o en estado vegetal, según resolvió el Tribunal de Sentencia de Santa Ana.

Linqui López fue hallado culpable del delito de lesiones culposas (mala praxis) en perjuicio de Maritza N., un hecho sucedido el 30 de mayo de 2011.

¿Cómo sucedió el caso?

Según las investigaciones de la Fiscalía, Maritza sufría de una hernia discal a nivel de la parte baja de la columna vertebral, por lo cual era preciso retirarle dos hernias de la región lumbar, lo que la llevó al hospital del Seguro Social y ahí el médico implicado realizó el procedimiento quirúrgico (operación) que más que bien, le causó un daño grave de por vida a la paciente, según las pesquisas fiscales.

Frente al caso, el imputado Linqui López programó una disectomía lumbar; o realizarle una operación para extraer material de una hernia de disco lumbar en la zona baja de la espalda.

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Las indagaciones apuntan que el problema se presentó en el transoperatorio, cuando un descuido del cirujano provocó el rompimiento de una arteria o vaso sanguíneo en el lugar de la incisión (abertura), produciéndose un sangramiento severo que no logró ser controlado.

Según los especialistas en cirugías, “el periodo transoperatorio implica el tiempo durante el cual transcurre el acto quirúrgico y en el que se efectúa una serie de cuidados y controles que tienen como finalidad mantener al paciente en un estado, lo más cercano posible a la homeostasis (equilibrio o estabilidad orgánica en las constantes fisiológicas, como mantener la temperatura corporal)”.

A pesar de que se intentó reponer los líquidos que la paciente perdía con el sangramiento, dos horas después de aparecer el sangramiento, la paciente entró en paro cardiocirculatorio que se prolongó por más de diez minutos, lo que produjo en la víctima un daño hipóxico -el oxígeno que llegaba a su cerebro era reducido-, lo cual la llevó a quedar en estado vegetal.

Los expertos explican que un paro cardiorespiratorio “es la repentina detención de la respiración y del latido cardíaco en una persona”.

En el juicio, el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana, condenó al Neurocirujano Linqui López, a dos años de pena (lo cual es excarcelable), asimismo lo inhabilita de la profesión durante ese periodo.

Además, el Tribunal condenó a Linqui a pagar $5,000 en concepto de responsabilidad civil a la víctima.

Sala de lo Penal ordenó que se hiciera un nuevo juicio

Por este caso, el médico Linqui había sido absuelto en un juicio que se realizó en 2015, pero la Fiscalía no satisfecha con la resolución acudió a la Cámara de lo Penal de Santa Ana para pedir la anulación de la sentencia, sin embargo ese tribunal superior, ratificó la absolución.

Frente a esa negativa, la Fiscalía acudió a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia y tras el análisis del caso y las resoluciones anteriores, los magistrados de la Corte le dieron la razón a la Fiscalía y ordenaron que se hiciera un nuevo juicio.