Sala ordena abrir una de las urnas de San Francisco Gotera

La Sala de lo Constitucional también rechazó cinco demandas de amparo contra el TSE pues declaró no tener competencia

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Foto/ Menly Cortez

Por Xenia González Oliva

2018-04-30 8:18:32

La Sala de lo Constitucional ordenó abrir la urna de la JRV N°8620 del Centro Escolar Cantón San José, de San Francisco Gotera, Morazán, para un recuento público de los votos.

La orden fue dada ayer por la tarde cuando la Sala admitió una demanda de amparo contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE), presentada por Nahim Arnelge Ferrufino Benítez, candidato de GANA por la alcaldía de dicho municipio.

En su demanda, Ferrufino señala que en un inicio la secretaria de la JRV N°8620 puso los votos de las elecciones de diputados en el acta de las elecciones municipales, pero por unanimidad la JRV corrigió el error en el área de observaciones del acta. Sin embargo, el TSE decidió consignar los resultados de las elecciones legislativas en lugar de los votos de las elecciones municipales.

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La Sala aclaró que las resoluciones no implican pronunciamiento alguno sobre la validez o invalidez de las recientes elecciones para diputados de la Asamblea Legislativa y municipalidades.

Los resultados consignados han dado el gane al candidato de ARENA, José David Díaz, con una reñida diferencia de solo 12 votos por encima de Ferrufino. Este fue el segundo municipio más reñido del país, donde apenas el 0.1% (de un total de 9,511) de los votos válidos del municipio dieron por ganador al partido tricolor sobre el naranja. ARENA habría obtenido 4,311 votos y GANA 4,299.

En este caso la Sala sí se pudo declarar como competente porque según sostuvo: “tiene como única finalidad realizar un control de constitucionalidad de los actos emitidos por el referido Tribunal”.

La Sala ordenó la apertura de la urna y recuento de votos como medida cautelar del amparo. El proceso deberá realizarse en un período de diez días hábiles, de forma pública y supervisado por el Fiscal.

Además, para no dejar acéfala la municipalidad de San Francisco Gotera y afectar a la población, la Sala indicó que se debe proceder a la toma de posesión de los cargos del concejo municipal para que ejerza su labor mientras dure el proceso.

Cinco demandas rechazadas

Por otro lado, la Sala también rechazó otras cinco demandas de amparo contra el TSE. Los demandantes habían pedido al Tribunal recursos de nulidad para el escrutinio definitivo de los resultados de las elecciones legislativas de Sonsonate y San Vicente, así como de las elecciones municipales de San Miguel, Zacatecoluca y San Gerardo.

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La Sala argumentó que las solicitudes de los demandantes escapan de las facultades de la Sala, ya que no le compete analizar los motivos de la decisiones del TSE y que su labor está para “controlar actuaciones que vulneren los derechos contenidos en la Constitución”.

Pero al mismo tiempo la Sala subrayó que sus resoluciones no implican que esté validando o no las elecciones, ni son un pronunciamiento sobre si están las irregularidades señaladas en las demandas.