Tribunal prohíbe propaganda electoral anticipada para precandidatos presidenciales

El ente pide que se retire de forma inmediata cualquier tipo de publicidad que esté siendo emitida por radio, televisión y otros medios publicitarios. Sin embargo, los debates y entrevistas a candidatos no están prohibidos.

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San Salvador, Abril 2017 Conferencia de prensa por parte del Tribunal Supremos Electoral. Las autoridades del TSE citaron este día a representantes de los partidos para advertirles que es prohibido usar las internas para hacer campaña proselitista. Derecha a izquierda: Fernando Argüello Téllez, Magistrado propietario, Julio OlivoMagistrado Presidente del Tribunal Supremo Electoral, Miguel Ángel Cardoza Ayala magistrado propietario a propuesta de la Corte Suprema de Justicia Foto EDH: Jessica Orellana

Por Eugenia Velásquez/Nancy Hernández

2018-04-10 9:43:28

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió este lunes una resolución que prohíbe la campaña anticipada para aspirantes al cargo de Presidente y Vicepresidente de la República.

En el documento exige a los canales de televisión, radios y empresas publicitarias la suspensión inmediata de mensajes emitidos con el fin de favorecer a algún candidato. Sin embargo, la resolución se refiere a los campos pagados.

El TSE manda a los canales televisivos, radios y demás empresas publicitarias que entreguen un informe donde se detallen los candidatos que hayan pagado para emitir mensajes publicitarios, otorgar el nombre de la persona natural o jurídica que pagó por el campo y el periodo por el cual fue pagado.

También pide que se entregue la documentación que respalde la información anterior, así como una copia de la cuña, spot, publicaciones en prensa escrita o digital, mupis y vallas publicitarias. Este informe deberá ser entregado durante los tres días hábiles posteriores a la publicación de la resolución.

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En cuanto a los partidos políticos y ciudadanos que aspiran a los cargos de Presidente y Vicepresidente se les pide que “se abstengan de de difundir públicamente, por cualquier medio de comunicación actividades internas encaminadas a promocionar la imagen, nombre, proyecto o cargo al que aspiran”.

Respecto a este resolución, Miguel Cardoza, magistrado del TSE, aseguró que el objetivo de la sentencia es restringir campaña presidencial anticipada y se refiere a campos pagados, por tanto los medios de comunicación no están incluidos.

“La actividad informativa no está prohibida (…) más que todo va dirigido a la campaña pagada. Está prohibido tomar una ventaja indebida en la carrera eleccionaria”, dijo Cardoza.

Aseguró que las entrevistas a candidatos y los debates que están siendo presentados en diferentes canales son permitidos porque cumplen con una función informativa. Sin embargo, aseguró que tanto los candidatos como moderadores deben de tener sumo cuidado y evitar que se transmitan mensajes propagandísticos.

También aconsejó a los partidos políticos que deben de asesorar a los candidatos para saber cómo emitir sus mensajes a las personas afiliadas a los partidos.