Riley Serrano, condenado por secuestro, podría salir libre en mayo de 2014

Un juez le acumuló las penas para que pueda optar a los beneficios

descripción de la imagen
Riley Serrano se presentó ayer al Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria, dirigido por el Juez Roberto Calderón, quien realizó la audiencia especial. Foto EDH / Salomón Vásquez

Por ??scar Iraheta Twitter: @oscar_iraheta

2013-07-25 7:55:00

Riley Serrano, condenado a 22 de años de cárcel por el delito de secuestro agravado, podría quedar en libertad en mayo de 2014, según lo resolvió ayer el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria dirigido por el juez Roberto Calderón.

El secuestrador fue condenado el 19 de julio de 2002 por haber plagiado al hijo de un empresario radial.

Pocos años después también fue sentenciado a pugar otros cinco años en la cárcel por el delito de estafa. Serrano terminaría de cumplir su pena hasta el año 2027.

Sus abogados defensores, Nelson García y Miguel Ángel Flores Durel, sin embargo, pidieron una audiencia especial para que las autoridades evalúen si autorizan acumularle las dos penas y así poder optar a los beneficios penales.

Semanas atrás, estos abogados habían solicitado la diligencia judicial, la cual está avalada por el artículo 62 del Código Procesal Penal.

La Fiscalía General de la República (FGR), no obstante, dijo que la petición era ilegal, ya que una reforma al mencionado artículo, el cual abre la puerta para el beneficio de Serrano, todavía no había entrado en vigencia cuando fue condenado el exlocutor.

El caso fue discutido por un tribunal superior (Cámara 1a de lo Penal) y este ordenó el desarrollo de la audiencia que tuvo lugar ayer.

El juez Calderon unificó ambas sentencias y determinó que Serrano puede optar por la media pena hasta el 13 de mayo de 2014, basándose para ese entonces en los artículos 84 y 85 del Código Procesal Penal.

Ese último artículo establece que un reo podría optar a un beneficio penal cuando haya cumplido las dos terceras partes de la condena que le ha sido impuesta.

Además la ley afirma que podría merecer dicho beneficio por haber observado buena conducta, previo informe favorable del Consejo Criminológico Regional, en el cual se determinará también, según el régimen de tratamiento, la aptitud de adaptación del condenado.

Por otra parte, la legislación señala que el condenado no debe haber mantenido un alto grado de agresividad o de peligrosidad y debe haber satisfecho las obligaciones civiles provenientes del hecho delictivo que hayan sido determinadas mediante la resolución judicial; de lo contrario, el imputado debe demostrar su imposibilidad para pagar lo exigido por el juez.

Otra pena

El exlocutor también fue declarado culpable en 2002 y fue sentenciado a pagar un total de 300 mil colones (unos 34,285 dólares), en concepto de responsabilidad civil.

Las fuentes judiciales dijeron que el interno es un probable candidato a una fase de confianza.

El juez valorará solamente la media pena el otro año, dijeron fuentes judiciales.

El secuestro por el que se le acusa fue perpetrado el 1 de noviembre de 2000, en las afueras de una agencia de publicidad en la colonia San Benito.