La mayoría de fiscales ofrece libertad absoluta al criminal convertido en testigo

El único obstáculo que tiene un criminal para beneficiarse del criterio de oportunidad es que haya sido el autor intelectual del delito o que sea el cabecilla de una estructura criminal.

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Por Karla Arévalo

2018-08-08 1:25:16

Un testigo criteriado es un criminal que conoce de primera mano lo que ocurrió en un hecho delictivo; aunque su participación hubiese sido mínima es responsable y por lo tanto se vuelve un mal necesario para resolver un caso.

¿Importa si el testigo fue uno de los autores materiales del delito? No. El testigo criteriado puede ser liberado si negocia con la Fiscalía su libertad absoluta a cambio de dar información. El negocio lo inicia la Fiscalía; propone y da las garantías. El único impedimento que tiene un criminal para beneficiarse del criterio de oportunidad es que haya sido el autor intelectual del delito o que sea el cabecilla de una estructura criminal.

Un Juez Especializado de Sentencia no descarta que los acuerdos entre la Fiscalía y los testigos criteriados pueden ser mal utilizados. Él considera que los fiscales no valoran la calidad de la información que tiene un testigo criteriado y desde un inicio le proponen extinguirle la condena. “La mayoría (de fiscales) se va por el acuerdo de extinción total de la condena y eso puede ser un error para el Estado porque el acuerdo entre la Fiscalía y el imputado debe estar sujeto a la eficacia de la información. Si eso se está mal utilizando, también los acuerdos pueden estarse mal utilizando”.

Sin embargo, uno de los fiscales que habló bajo la condición de no revelar su identidad dijo que no se puede hablar de mala utilización de los acuerdos: “Si no hay un beneficio suficiente para los delincuentes, estos no quieren hablar. Lo que llama a esta gente a hablar es la sentencia que pesa sobre ellos. Entonces, el acuerdo mayoritariamente se hace evitando perseguirle penalmente”.

El artículo 18 del Código Procesal Penal regula los hechos en los que sí es válido dejar en libertad parcial o absoluta a los criminales con criterio de oportunidad: si este da información valiosa para evitar que continúe un delito; si ha sufrido un daño físico o psíquico que lo incapacite para el ejercicio de sus actividades; si el imputado tiene una enfermedad mortal e incurable en fase terminal producto del delito cometido. Si los posibles criteriados no cumple con ello, evitar la persecución penal y total del criminal no aplicaría.

Entonces, ¿quién puede impedir el mal uso de los beneficios penales para criminales? El juez. Un juez puede rechazar que la Fiscalía busque la libertad absoluta para un testigo criteriado si este no cumple con la ley para serlo.

Esa decisión debe ser justificada. El juez también puede rechazar como prueba a un testigo criteriado. De hecho, los dos jueces entrevistados por los periodistas de El Diario de Hoy dicen que saben cuando un caso no va a prosperar por las pruebas presentadas, eso implica tener una mala relación de beneficios con los testigos criteriados o una mala elección de testigos criteriados.

Los beneficios y las consecuencias de la traición

Los beneficios de ser testigo criteriado empiezan desde la protección de su identidad hasta la anulación de la persecución penal.

Los testigos que poseen criterio de oportunidad son llamados bajo un nombre clave durante el desarrollo de los casos: El Islámico era el epíteto del testigo criteriado en el caso de la masacre de Opico; Norma era el apodo clave del pandillero testigo del asesinato de dos estudiantes de enfermería en Soyapango; Zeus y Apolo eran los testigos criteriados en el caso del cabecilla de la 18 Chino Tres Colas. Ocultarles la identidad aún queda en entredicho.

Hay testigos criteriados que han sido asesinados luego que alguien descubriera su identidad. El criteriado Mizael Benavides fue reconocido por un abogado defensor en una sala de audiencia, lo delató con la pandilla y fue asesinado. Aunque el fiscal entrevistado dijo que el Estado solamente debe proteger al testigo mientras dura el proceso, criteriados como Benavides fueron asesinados durante ese proceso.

Otro de los acuerdos con los criteriados es albergarlos en una residencia temporal. Para ello la Unidad Técnica Ejecutiva del sector Justicia designa una casa custodiada, pero si pese a ello la seguridad del criteriado puede estar en peligro, le facilitan una residencia en el extranjero o incluso el cambio de identidad.

Si el testigo criteriado permanece en una de las casas asignadas por la UTE, la Ley Especial para la Protección de Víctimas y Testigos manda a que deben darle tratamiento médico y psicológico. Además de alimentación y manutención durante el tiempo acordado. Si luego del proceso, el testigo criteriado busca reinsertarse al mundo laboral o escolar la ley debe respaldarlo.

¿Hay criteriados menores de edad? Sí. Sin embargo, aunque el menor de los testigos criteriados tenga 13 años, como sucedió con un testigos en los últimos cinco años, el acuerdo de los beneficios no varía. El Estado no hace distinción entre un testigo menor de edad y un adulto. Los datos de la Unidad Técnica Ejecutora registran 390 testigos criteriados en cinco años y el 54 % de ellos tenía entre 13 y 23 años.

¿Cuánto cuesta proteger a un testigo?

El Diario de Hoy le solicitó a la UTE por medio de la Oficina de Información y Respuesta el presupuesto anual asignado a la protección de testigos criteriados. Sin embargo, respondieron que no cuentan con un presupuesto fijo para ello, pero al revisar el presupuesto anual asignado a la UTE este año, el ramo de Programa de Protección a Testigos tiene asignados 3 millones 776 mil dólares. Es decir, de los 4 millones 900 mil que recibió esta Unidad para este año, el 76 % del presupuesto total va destinado a la protección de testigos protegidos y criteriados.