Sala de lo Constitucional juzgará “amenaza al sistema democrático”

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional señalan que si el Presidente de la República ha ejercido funciones ejecutivas y legislativas, como se ha denunciado, “representaría una amenaza al propio sistema democrático".

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Foto EDH / Cortesía

Por Mario Gongález

2020-05-18 10:30:56

Más que dirimir sobre un simple decreto ejecutivo, la Sala de lo Constitucional juzgará la pretensión del gobierno de Bukele de saltarse la Constitución para imponer disposiciones de emergencia basado en la lucha contra la pandemia del COVID-19, según se ha denunciado.

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema señalan que si el Presidente de la República ha ejercido funciones ejecutivas y legislativas, como se ha denunciado, “representaría una amenaza al propio sistema democrático garantizado mediante el principio de separación orgánica de funciones (art. 86 Cn.) y a la prohibición de que una misma 11 persona pueda ejercer las diferentes competencias que corresponde a otros órganos”.

El máximo tribunal admitió la demanda de inconstitucionalidad contra el decreto para determinar si con la aprobación del mismo el Presidente de la República prorrogó materialmente la vigencia del Decreto Legislativo n° 593, lo cual constituye una violación artículo 131, ordinal 5° de la Constitución.

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“Se admitirá la demanda para determinar si con la aprobación del Decreto n° 18 el Presidente de la República prorrogó materialmente la vigencia del Decreto Legislativo n° 593 en infracción del art. 131 ord. 5° Cn., dado que interfirió en la competencia que le corresponde únicamente a la Asamblea Legislativa de decretar y reformar las leyes secundarias, función que habría sido ejercida por el Presidente de la República sin justificación”, dice la resolución-

Si bien la vigencia del Decreto Legislativo 593 concluía el sábado, la Asamblea había convocado a plenaria para discutir un nuevo decreto para este lunes, pero funcionarios del gobierno alegaron urgencia de prorrogar el estado de emergencia para mantener congelados los plazos legales, los pagos de servicios y obligaciones financieras de los ciudadanos, la suspensión de clases, así como que el Ejecutivo pueda hacer compras directas sin los controles y requerimientos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones (LACAP).

El retraso de la Asamblea Legislativa de prorrogar el estado de emergencia, como se lo pidió el Ejecutivo, y el hecho de que esta no estaba reunida para sesionar, “no ponía en peligro la seguridad jurídica de la población en cuanto a los efectos de la pandemia”, agrega el dictamen de la Sala.

El máximo tribunal sienta posición sobre la prevalencia del cumplimiento de la Constitución y demás leyes, sobre todo por los gobernantes y demás funcionarios, el cual no puede ser obviado con el argumento de que “se debe luchar contra la pandemia”.

“Aunque es de interés público la contención y prevención de la pandemia provocada por la COVID-19, también lo es la sujeción al Derecho por quienes ejercen poder, en especial a la Constitución”, dice el tribunal constitucional, aunque en otra parte aclara que se debe “garantizar los derechos de la población salvadoreña a la salud y a la vida en todas sus dimensiones”.

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Los magistrados consideran que “la tendencia producida por el hecho de que una misma autoridad se arrogue o acumule competencias atribuidas a órganos diferentes genera (o puede generar) un estado de cosas indeseable que puede deformar el presidencialismo característico del Estado salvadoreño en un hiperpresidencialismo, en donde el Presidente de la República concentra poder (aunque la Constitución lo prohíba) y se suprimen o se vuelven ineficaces los controles que corren por cuenta de la Asamblea Legislativa, por mencionar algún ejemplo”.

Los magistrados sostienen que se pudo haber recurrido a otros instrumentos legales aprobados desde su inicio -aún vigentes- y con disposiciones específicas del Código de Salud, para enfrentar la pandemia.

Por tanto, subrayan, “carecerá de efecto jurídico todo acto de aplicación” del decreto ejecutivo 18.
En este sentido, llama a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo para que, con base en el principio constitucional de colaboración institucional, “realicen un esfuerzo mutuo para llevar a cabo las acciones necesarias orientadas a emitir en el menor plazo posible una ley de emergencia que actualice las condiciones en las que la sociedad salvadoreña se encuentra a la fecha frente al combate de la COVID-19”.