Sala admite demanda contra elección de magistrados del Tribunal Supremo Electoral 2019-2024

El ciudadano que interpuso la demanda alega que en la sesión en que fueron elegidos los magistrados, propietarios y suplentes, no hubo deliberación sobre el mérito, la idoneidad, capacidad y experiencia de ellos. Sala da diez días a Asamblea para que se pronuncie.

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De izquierda a derecha: Noel Antonio Orellana Orellana, Julio Alfredo Olivo Granadino, Dora Esmeralda de Barahona, Luis Guillermo Wellman Carpio y Rubén Atilio Meléndez García, luego de ser electos magistrados del TSE. Foto EDH

Por Jorge Beltrán Luna

2019-10-25 6:00:28

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) informó ayer haber admitido la demanda de inconstitucionalidad contra la elección de los magistrados propietarios y suplentes, del Tribunal Supremo Electoral (TSE), para el período del 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2024.

La petición de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado Salvador Enrique Anaya Barraza.

El 30 de julio, luego de que la Comisión Política de la Asamblea Legislativa emitiera dictamen favorable, el pleno eligió con 80 votos a favor y cuatro abstenciones, a Dora Esmeralda Martínez de Barahona, Luis Guillermo Wellman Carpio, Julio Alfredo Olivo Granadino, Rubén Atilio Meléndez García y Noel Antonio Orellana Orellana, como magistrados propietarios.

En la misma sesión fueron elegidos como suplentes: René Abelardo Molina Osorio, Marlon Harold Cornejo Ávalos, Carmen Veraliz Velásquez Sánchez, María Blanca Paz Montalvo y Sonia Clementina Liévano de Lemus.

Ese mismo día, el diputado de ARENA, Carlos Reyes, dijo: “Hemos sido responsables y analizado lo que mandata la Constitución en su artículo 208; hemos revisado los requisitos establecidos por la Carta Magna y las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, hemos tomado en cuenta aquellos profesionales que consideramos que pueden garantizarle al pueblo salvadoreño elecciones libres y transparentes, donde le garanticemos el voto directo y secreto que permita elegir desde concejales, alcaldes, diputados y presidente,…”.

Por su parte, el mismo día de la elección, el diputado pecenista, Antonio Almendáriz, declaró: “Estamos satisfechos porque las personas que se han elegido hemos constatado su idoneidad; para la mayoría de nosotros creemos que le hemos cumplido en dos maneras al país: la primera es que cumplimos en tiempo con la elección de segundo grado y segundo, hemos constatado la idoneidad para el caso. Hemos también prometido cumplir la Constitución ateniéndonos a su texto”.

Sin embargo, Anaya Barraza alega que la elección de los magistrados propietarios y suplentes del TSE contraviene el principio de deliberación parlamentaria pública, establecido en el Art. 135, inciso primero de la Constitución.

Según Barraza, durante la sesión de la Comisión Política del 30 de julio de 2019, no existió ninguna deliberación sobre el mérito, idoneidad, capacidad y experiencia de los candidatos.

Y, según él, durante la plenaria de la Asamblea Legislativa, tampoco hubo tal deliberación. “No hubo una evaluación pública y meditada de las razones favorables y desfavorables de los candidatos”, además de que los partidos políticos decidieron respetar la propuesta política de la persona que cada partido político propuso, reza el documento en el que se admite la demanda.

Da diez días a la Asamblea para justificar la constitucionalidad

En ese sentido, la decisión de la Sala de lo Constitucional de dar trámite a la demanda presentada por Anaya Barraza, es para “establecer si la Asamblea Legislativa ha vulnerado el principio de publicidad parlamentaria, debido a que, al parecer, en la elección de dichos funcionarios no se observó el debate, contradicción, intercambio de ideas, transparencia y verificación de la idoneidad de los candidatos…”.

“Entiendo que han aceptado el recurso, que reúne los requisitos y habrá que esperar a futuro la sentencia. Es parte del balance de los órganos de Estado. No puedo adelantar nada”.

Norman Quijano, diputado presidente de Asamblea Legislativa

La Sala de lo Constitucional también ha ordenado a la Asamblea Legislativa que, en un plazo de diez días hábiles, rinda un informe en el que justifique la constitucionalidad del Decreto Legislativo 393/2019, por medio del cual se hizo la referida elección.

También ha pedido a la Fiscalía General de la República que, dentro del mismo plazo dado a la Asamblea Legislativa, se pronuncie sobre la demanda de inconstitucionalidad.

A los diez abogados, elegidos como magistrados propietarios y suplentes, también les ha conferido cinco días para que se pronuncien sobre los señalamientos presentados en la demanda de Anaya Barraza.

Además de haber iniciado su gestión bajo una posible elección inconstitucional, a mediados septiembre los magistrados recibieron duras críticas luego de que trascendiera públicamente la intención de aumentarse el sueldo y recetarse gastos de representación que oscilaban entre $1,000 y $1,400.